¿Me pueden trasladar de provincia con bebé?

Llevo más de diez años trabajando en un Banco, el cual en estos momentos se encuentra en un ERE.

Mi centro de trabajo es Segovia. Mi departamento desaparece como tal y nos dieron opción de realizar un nuevo contrato con una participada, a lo que yo me negué por no querer salir del Banco. Su repuesta es un burofax con traslado e incorporación inmediata a Burgos o rescisión de contrato. Todo esto durante la baja maternal ya que mi hijo tiene 3 meses, la incorporación es según terminen las 16 semanas.

Mi pregunta es: ¿Es denunciable que me pongan en esta situación teniendo un bebé? ¿Si pido una excedencia: pueden negarse a dármela y que ubicación respetarían a la vuelta? Económicamente ¿me deben de indemnizar?

1 respuesta

Respuesta

Bien te puedes adelantar a los acontecimiento y solicitar tú la extinción del contrato acogiéndote al Articulo 51 del Estatuto de los Trabajadores, modificación de las condiciones de trabajo, para lo cual la indemnización es la misma que para el despido improcedente, esto es :

La Disposición Transitoria 5ª de la Ley 3/2012 de 6 de Julio que aprobó la Reforma Laboral, establece:

“La indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados con anterioridad al 12 de febrero de 2012 se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior, prorrateándose igualmente por meses los períodos de tiempo inferiores a un año.

Aquí te dejo una calculadora de indemnización http://www.calculo-despido.com/#/ 

Y aquí como demandar a la empresa https://asociacion-aed.wixsite.com/laboral/demandar-a-la-empresa 

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