Pueden renunciar mis hermanos y yo heredar sin problemas

Mis dos hermanos quieren renunciar a la herencia por problemas con hacienda, quiero saber si aunque renuncien ellos les tocaría la legitima . Y como luego podría yo darles parte de la herencia sin que tengan problemas

2 Respuestas

Respuesta
1

Si luego les quieres dar, es una donación por lo que tendrán que tributar

Pero si la donación se lo hago a sus hijos, se puede hacer

Si, a quien quieras, pero seguirán tributado

Me han dicho que tienen que hacer un poder renunciando a todo, pero cuando murió mi madre el año pasado, pagamos el impuesto de sucesiones pero no hicimos testamento nuevo, y como estaba de uno para otro todo se lo quedo mi padre, eso nos presentaría algún problema.

Eso no te puedo decir, lo siento

¿Testamento nuevo para?

Sería mejor preguntar a un abogado

¡Gracias! 

Respuesta

A la herencia se puede renunciar de dos formas, o pura y simplemente, o a favor de un tercero.

Los efectos, sobre todo tributarios, son distintos pues en el primer caso, también llamado repudiación, los bienes renunciados acrecienta tu herencia, por lo que tú serías el único heredero y tributarías por toda la herencia.

En el segundo caso, no se trata legalmente de una renuncia de herencia sino de una aceptación por tus hermanos y posterior donación a ti. Esto significa que ellos tienen que tributar por el impuesto de sucesiones por la parte renunciada y tú por el impuesto de donaciones por los bienes reciibidos.

En cualquiera de los dos casos la ley también prevé que estas renuncias no perjudiquen a los acreedores.

En el primer caso los acreedores pueden solicitar judicialmente la aceptación de la herencia en nombre de los renunciantes en aquella porción necesaria para cubrir la deuda reclamada.(Artículo 1001 del Código Civil)

En el segundo caso, los acreedores podrían solicitar judicialmente la nulidad de la donación por haberse efectuado en fraude de acreedores, y todo ello sin perjuicio de otras posibles connotaciones, incluidas las penales de insolvencia punivble. Ten en cuenta que se produce una adquisición de bienes (los de la herencia) y una simultánea donación (la transmisión de la misma al tercero). Cuando estas acciones no perjudican a nadie pueden hacerse libremente, pero si se hacen para crear una situación de insolvencia, este hecho puede ser punible y, como tal, perseguido a instancia de los acreedores. .

¡Gracias! 

Perdona la segunda parte no la he entendido bien, con lo de los acreedore,. Seria yo la acreedora que me quedaría con toda la herencia o seria hacienda,?

Con acreedores me refiero a los reclaman deudas a tus hermanos (Hacienda, Seguridad Social etc...).

No creo que esos organismos se metan en procedimientos judiciales para intentar conseguir el cobro de sus deudas, pero la posibilidad legal existe.

Cuestión distinta es la posible existencia de acreedores privados (bancos, prestamistas etc..).Quizás ellos puedan ir más allá de la sota, caballo y rey de los organismos públicos. Creo que deben ser procedimientos complicados que dependerán en sumo grado del importe de lo que adeuden tus hermanos., y de si les puede compensar el inicio de procedimientos judiciales caros y de resultado incierto.

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