Me puedo casar en un notario sin pasar por el juzgado?

¿Es posible casarse ante notario sin tener que hacerlo en un juzgado? ¿Qué papeles son necesarios en caso de ser que si?

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Precisamente desde el 1 de julio de 2017 es posible casarse ante un notario y que sea éste quien tramite el expediente matrimonial (antes debían ser los encargados del Registro Civil). Deberá cumplimentar la documentación que le faciliten en la notaría, y otorgar una escritura de matrimonio.

Acuda con la siguiente documentación:

  • DNI, pasaporte o N.I.E en vigor.
  • Certificado literal de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento en el lugar de residencia durante los dos últimos años.
  • En el caso de que alguno de los contrayentes ya hubiera estado casado, certificado literal del matrimonio anterior, con la anotación del divorcio o nulidad del mismo; o bien, certificado literal de defunción del primer cónyuge.

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