Terreno y vivienda sin escritura ¿Problema?

Tengo una duda por si ustedes me podrían ayudar. Mis padres tienen una casa, la cual ni el terreno ni la vivienda tiene escritura, pero por otra parte si se panga IBI por ella, con su referencia catrastral y el valor tanto del suelo, de la construcción y su valor catastral. El terreno fue comprado a unos familiares hace más de 35 años.

¿Tendré problemas para heredar la vivienda en el futuro al no tener escrituras?

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Para que usted pueda heredar tiene que haber un muerto. Por tanto, lo que debe hacer mientras tanto es arreglar los papeles de su terreno y de su casa. Vaya al Catastro y pida un certificado descriptivo y gráfico de la propiedad. Después liquide el documento de compra en la consejería de hacienda de su comunidad autónoma. Con esos papeles, vaya a notaría y organice las escrituras, ya le darán instrucciones.

Ya sé que para heredar hace falta un fallecimiento, por ese motivo he puesto en el futuro. La cuestión si tendrían que ponerlo todo a nombre de mis padres y hacer unas escrituras para poder heredarlo yo, o si fallecen antes de tener escritura tendría problemas. Un saludo 

Sus padres son los propietarios, y es lógico y justo hacerlo todo a nombre de ellos, consignando documentalmente la realidad de los hechos y pagando los impuestos que correspondan.. Después ya harán testamento o lo dejarán todo como deseen. Haga las cosas de conformidad con la ley de hoy, y todo le saldrá bien.

¿Pero podría ponerlo todo a mi nombre estando ellos en vida? ¿O tendría que ponerlo a nombre de mis padres y posteriormente en el futuro ponerlo a mi nombre?

Por otro lado si por causas económicas ellos no pueden hacerles escritura y fallecen, ¿tendré problemas yo para heredarlo?

Gracias

Pueden ustedes poner a nombre de quien quieran esa propiedad, porque para eso es suya. Tan solo que necesitarán ayuda profesional para cursar los papeles con garantías. En cuanto a la herencia, cualquier propiedad que carece de inscripción y de escrituras puede dar problemas, no especialmente tras la muerte de su propietario, porque no tener título e inscripción es de por sí una anomalía, y lo que en origen es anormal no puede tener consecuencias normales.

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