Prestamo bancario com hetencia parcial

Me gustaria por favor qme orientasem um poco... Haver see explico bien.. Yo y mi marido casamos en regime de bien... Casamos en la rioja. Hace uns años mi suegra falecio dejando en herencia uma casa para dividir entre los hermamos q son tres uno mi marido pero en su dia por deudas renuncio su parte. Hoy o q pasa es que queremos comprar las 2 partes de los hermanos... Para reformar la casa.. Pedindo um prestamo nosotros dos... Haber como se pode hacer pq pagaremos en dinhero a casa para os hermanos e haremos el prestamo para la reforma.. ¿pero claro haver como posso saber se mais adelante nao tenha derecho a ela pq una parte es herencia e supostamente nao entra en gananciales no?

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Debe usted agradecer a Cristiano Ronaldo que nos haya subido el nivel de portugués a los usuarios del foro, porque de otra forma no podríamos entenderla.

Usted y su marido, si disponen del crédito, es decir, del dinero, pueden hacer lo que quieran: aportar la parte de su esposo a la sociedad de gananciales (sin pagar nada) y que el matrimonio compre la parte de los otros hermanos, constituir una hipoteca normal y acometer las reformas que quieran. La aportación a la sociedad de gananciales la hacen en una mañana en notaría, al igual que la compra de la parte de los hermanos.

¡Gracias! Muchas gracias por la respuesta. ¿Pero mi duda es que se el en su día renuncio a su parte cual seria el próximo paso?Perdón por el portunhol me equivoco

Su esposo renunció a su herencia y jamás podrá volver a recuperarla. Solo puede hacerse con la casa comprándola a sus hermanos. Ellos pueden (si quieren) donarle una parte, la que le correspondía por herencia, pero actualmente son los propietarios y no están obligados a hacerlo.

¡Gracias! Pero no me has respondido quanto a min...¿pues se vamos hacer um préstamo para la mejoría de la casa .tendré derecho a a 50 por ciento de la se acaso nos separamos? ¿Por tbm pagar mensualmente el préstamo?

Fátima: TODAS las transacciones tienen que hacerse a nombre de la sociedad de gananciales matrimonial: la adquisición de la propiedad (por compra, por donación o como sea), la petición de crédito, la mejora de la casa... si algún día usted se divorcia, significará que le corresponde la mitad de la vivienda, puesto que ha de disolver la sociedad de gananciales, y queda al 50%. A partir de ahora, todo lo firma el matrimonio.

¡Gracias! Muchas gracias es que todo pode pasary lo que quiero es hacer todo legal... co.o veo reticientes.. no me fio en que pode pasary liar la cabeza de mi marido...más gracias porque así. fico mais tranquila.. ha sido de gran ayuda su resñuesta

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