No me han puesto interruptor de control de potencia en la instalación eléctrica de mi casa

Hemos hecho una reforma integral en una casa recién adquirida y cuando me fijé en los cuadros eléctricos vi que no había interruptor de control de potencia. Está la caja para él, pero el interruptor en si mismo falta (ver foto adjunta). Pregunté al responsable y me contó que lo habían hecho así por hacernos un favor, que así no nos limita si consumimos puntualmente demasiada potencia. Le pregunté qué pasa si me electrocuto, y me dijo que en ese caso salta el diferencial principal, que en realidad también limita la potencia. Le dije que entonces no entiendo qué gano no teniendo el interruptor de control si la potencia está limitada en cualquier caso y me contestó algo sin lógica. Dice que todo el mundo lo hace así pero yo no lo veo en ningún sitio. ¿Es peligroso que la instalación quede así? ¿Se están saltando alguna normativa importante? ¿Me puede suponer algún problema en el futuro? ¿O por el contrario, es verdad que es una práctica normal y que me va a resultar más cómodo? (Quizá peco de desconfiada, pero es que ya me han mentido con otras cosas de la reforma...)

4 respuestas

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El ICP, normalmente lo instala la Cía Distribuidora. Además, sI tienes contador digital (de telegestión) este equipo lo trae incorporado por lo que no es necesario instalar un ICP en la caja.

No has adjuntado ninguna foto. Quizá es el momento de que lo hagas. Y que sea, preferentemente, de todo el cuadro eléctrico y, si puede ser destapado, mejor que mejor.

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El ICP solo es obligatorio si no tienes instalado contador digital de telegestion. En principio el ICP no se instala para proteger la instalación, ya que para ello están el IGA (interruptor general de obligada instalación) y los magnetotérmicos siguientes. El ICP solo lo instala la suministradora para limitar la potencia de entrada a tu vivienda y adaptarla a la que tienes contratada. Como te he indicado, si tienes contador digital, no te hace falta, pues el propio contador va a realizar esa función.

Que el "instalador" te haya dicho que el diferencial ya va a limitar la potencia es de traca.

Como te indica Alfonso Allende Junquera mejor sube una foto de ese cuadro, con la tapadera quitada, para poder decirte si esta correctamente ejecutada la instalación o no.

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El ICP hoy día no es necesario instalarlo.

Pero la razón es por que esta función la hace el propio contador. Hoy en día llevan función ICP.

Tu electricista dice:

-"Vas a tener más potencia al no tener ICP", esto es falso, por que si contratas 4,6kW por ejemplo, el contador se programa a esa potencia.

-"El diferencial salta si te electrocutas y limita potencia". El diferencial no salta por sobrecarga, sólo en caso de derivaciones a tierra.

El diferencial protege ante contactos indirectos, pero no es una garantía contra contactos directos. Es decir si tocas un cable de fase el diferencial no salta debido a que la fuga que pasa por el cuerpo es de un valor bastante por debajo de los 30mA.

Por curiosidad, en mi zona con Endesa, el ICP lo montaba el electricista, no la compañía.

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Vamos por partes.

1) Lo que te dice respecto a que él no debe poner el ICP, es verdad, el ICP lo debe poner tu empresa eléctrica, ya que es una medida de control de ellos, para que no consumas más potencia de la que has contratado y pagas.

2) También dice la verdad, al decirte que al no tener el ICP, no tienes limites de consumo respecto a lo contratado, ya que sólo tendrías los fusibles del cuarto de contadores propios, que normalmente, son de 63 Amp .. con lo que tu único limitador de consumo, seria tu propio IGA de tu cuadro eléctrico. Salvo que tu empresa eléctrica ya te haya instalado el nuevo contador digital electrónico de autogestión... y que lo hayan calibrado según tu contrato; lo que seguramente no es así, ya que por el momento las empresas eléctricas están instalando estos contadores, pero los dejan en función "básica", sin su ICP interna habilitada ... por lo que al no tener ninguna ICP instalada, volvemos al principio: No tienes limite de consumo, salvo tu propio IGA del cuadro de contadores..

3) Las ICP, no son responsabilidad ni de tu electricista, ni tuya ... son "dominio" de la empresa eléctrica.

4) Tampoco te miente al decirte que "ya casi Nadie las instala"... ya que como te digo, ni es responsabilidad vuestra, ni ni siquiera se están poniendo las Cajas para ICP; ni las individuales, ni las que vienen dentro del propio Cuadro Eléctrico... aunque aún no se han quitado de los requisitos para efectuar el boletín eléctrico, ya es habitual que no se pongan y las empresas eléctricas ni miran el tema... ni Industria tampoco.

5) No es verdad que el Diferencial te proteja de excesos de consumo; tal vez entendiste mal y el electricista se refería al IGA.

6) Es Cierto que el Diferencial te protege de contactos eléctricos... para éso está, para que si hubiera cualquier fuga en la instalación o equipos, o que si tocaras un cable, no te electrocutes ... Además, el Diferencial Funcionrá Perfectamente, tengas o no tengas ICP o IGA o Magnetotérmicos... Se fabrican para ello y se activarán igual.

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