El seguro no quiere cubrir la reparación de la humedad en casa

Tengo una casa adosada y mi vecino colindante tiene su pared llena de humedad por algún problema que tenemos en casa. Nosotros también tenemos humedad en la planta baja y según el fontanero que vino podía ser problema de la arqueta que está situada en La Cocina. En un principio cuando vinieron a casa daban por hecho que el seguro lo cubriría y después de dos días viniendo fontanero, albañil... Nos dicen que el seguro no lo cubre. Yo tengo el fregadero de La Cocina atascado pero ellos ni siquiera han visto la arqueta porque aquí no han levantado nada. Ellos me dicen que el atasco no lo cubre el seguro, pero no sabemos cuál es el problema...

En la póliza del seguro pone:

Interes asegurado. Daños materiales. Accion del agua: a/ Escapes por rotura accidental de conducciones, aparatos depósitos fijos (incluidos los acuarios) b/ rebosamientos por obstrucción accidental de las mismas conducciones, aparatos O depósitos. C/ Desbordamientos por saturación, reflujo o escape accidental de la red pública de alcantarillado o traída de aguas, siempre que no se deban a la acumulación de lluvias.

Partidas de bienes asegurables. Mobiliario particular. Las instalaciones y aparatos fijos de servicios: agua, gas, electricidad, calefacción, saneamiento, tlf, radio, pero no las conducciones fijas integradas en la construcción, que se consideran edificación.

Edificación. El conjunto de: las conducciones fijas de servicios integradas en la construcción: agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración, saneamiento, tlf, antenas de televisión o radioaficionados y otras comunicaciones, pero no las instalaciones y aparatos, aunque sean fijos, por ejemplo, la caldera de la calefacción y los radiadores, que se consideran mobiliario particular.

Bueno, no se, quizás me he enrollado un poco. Me gustaría saber si el seguro se tiene que hacer cargo de la localización de la avería y de su reparación,

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Mi recomendación es que busques en la póliza esa misma garantía de Daños Agua que ponías al principio y veas las exclusiones de la misma, ya que es muy habitual que los seguros excluyan todo lo que tenga que ver con instalaciones subterraneas, arquetas... etc.

De todas formas me cuesta creer que sea un problema de una arqueta si tu vecino tiene la humedad en la planta superior... me parece mucho subir para una humedad por capilaridad... no se si te he entendido muy bien, porque me parece muy extraño.

Creo que me he debido expresar mal. El vecino es de la casa de al lado, ya que son casas unifamiliares. De hecho el ha intentado reparar la pared de si casa echando el tabique abajo y dejando de forma vista la pared de mi casa y los cimientos de mi vivienda, en la que se apreciaban los ladrillos de mi pared humedos.

En la póliza lo único que viene es lo siguiente:

interes no asegurado. La reparación o reposición de los bienes a consecuencia de daños materiales, destrucción o desaparición debido a:

1/ Causas distintas de las específicamente descritas precedentemente como cubiertas.

2/ Deficiencias graves y notorias de la conservación de los bienes dañados o de los causantes del siniestro.

3/ La acción lenta y paulatina de la humedad y del humo.

4/ Efectos directos de fenómenos meteorológicos y climáticos sobre árboles y plantas del jardín.

5/ Simples rayaduras, desconchados, agrietamiento, deformación, decoloración, manchas y defectos estéticos similares, incluso pintadas en las fachadas, así como el desgaste por uso.

Dentro de los daños materiales he encontrado. Que pone en la póliza como interés asegurado. a/ Localización de escapes de agua. b/ reparación de la parte de las conducciones o depósitos de agua que hayan sido la causa del escape.

 Dentro de la parte de edificación pone como asegurado : las conducciones fijas de servicios integradas en la construcción: agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración, saneamiento, teléfono, antenas de televisión o radioaficionados y otras comunicaciones, pero no las instalaciones y aparatos aunque sean fijos como la caldera de la calefacción y los radiadores que se consideran mobiliario particular.

En la restauración estética dice: Restauración de la unidad estética del mayor coste que origine el siniestrado por la restauración de la unidad estética, a causa de la inexistencia de materiales como los dañados, cuando lo haga necesario la salvaguarda, en lo posible, de la deseable uniformidad de apariencia de los elementos de construcción de la edificación dentro de una misma habitación o pieza.

Yo en mi póliza tengo contratado dentro de daños materiales y mobiliario particular la cobertura total a valor de reposición, del 100% de los daños materiales evaluados hasta un máximo de 20.000€.

Y en edificación, la cobertura total, a valor de reposición, del 100% de los daños materiales evaluados, hasta un máximo de 141.500€. 

En restauración de la unidad estética de la edificación. Cobertura a primer riesgo del 100% del mayor coste originado hasta 1.415€.

Gracias por tu ayuda. Aunque ahora mismo me acaban de llamar otra vez de la compañía para decirme que mañana viene el perito... a que? A que le firme un papel para poder cobrar la visita? Si ayer me dijeron que el seguro no lo cubría...

 

¿Quién le dijo que no lo cubría, el seguro o el reparador que hizo la visita? ¿Puede indicarme compañía y modalida de la póliza para buscar el condicionado general?

Hola de nuevo. El que dijo que no lo cubría fue un señor que vino ayer que no se identificó y no se si era perito, albañil o que, porque parecía que solo venía de visita a mi casa. Hizo una video llamada con el perito de la compañía para identificar los daños ocasionados. Dando por hecho que el seguro se responsabilizaría de los daños, pero tras una hora en casa y tras una llamada telefónica me dice que la compañía no cubre ese tipo de problemas.

La compañía es Allianz Seguros. Allianz Hogar.                                                         Con respecto a lo de la modalidad no sé muy bien a que se refiere exactamente. 

Esta póliza de seguro está sometida a la Ley 50/80, de contratos de seguro, que se halla en el Boletín Oficial del Estado número 250 de 17 de Octubre de 1980, al texto re difundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privado, aprobado por el real decreto legislativo 6/2004, de 29 de Octubre, a las modificaciones y adaptaciones de las mismas que se produzcan y a sus disposiciones reglamentarias.

Gracias por todo.

Por lo que me cuenta la persona que le visitó fue un reparador que a su vez contacto con el perito, porque supongo que tenia dudas acerca de si tenia cobertura.

De todas formas, si no cubre el desatasco, ya que es habitual sobre todo si la póliza tiene ya unos años... lo normal sería que si le cubriese los daños que haya ocasionado una vez que ud. solucione el atasco.

La verdad es que me es difícil poder ayudarle más toda vez no se conoce con certeza la causa del problema. De todas formas si no esta conforme con la respuesta de su seguro y cree que el siniestro si esta amparado por la póliza puede reclamar al defensor del asegurado de Allianz, puede acceder a través de este enlace ;

 https://www.allianz.es/area-clientes/defensa-del-cliente 

Un saludo y ya nos irá informando de la evolución del siniestro.

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