Recibo del Ivima para pisos alquilados

Tengo mi piso alquilado a una pareja de jóvenes. Quieren declarar el alquiler a hacienda para su declaración y me piden el recibo del pago de la fianza ingresado en el Ivima cosa que nunca he hecho porque en el contrato de alquiler particular realizado indico que me pagan una mensualidad en concepto se fianza a devolver cuando se vayan y la verdad desconocía que tuviese que ingresar nada al Ivima. Este recibo lo necesitan para su declaración y también solicitar ayudas por ser jóvenes a la comunidad de Madrid. No se como actuar la verdad y para su declaración no se si les vale con poner lo que me pagan cada mes y el valor catastral del piso la única cosa que no quiero son líos y por eso pido ayuda para saber como actuar.

2 Respuestas

Respuesta

Efectivamente tienes obligación de depositar una mensualidad de fianza en el plazo de 1 mes desde la firma del contrato en la Agencia de la Vivienda Social (Ivima). Tambien es cierto que en Madrid hay una sustanciosa desgravación del 30% para inquinos menores de 35 años y también es cierto que hacienda pide que se haya depositado la fianza en la Agencia de la Vivienda Social. Puedes depositar la fianza aunque haya pasado el plazo, te cobrarán un pequeño recargo (creo que es el 2% de la fianza). El depósito de la fianza ( y el recargo creo que también) se puede realizar por internet con tarjeta de débito o crédito en la página web de la comunidad de Madrid (www.madrid.org) tendrás que bucear para encontrar el trámite de depósito de fianzas de la agencia.

No te interesa cabrear al inquilino porque podría denunciarte y entonces podrías tener sanción.

Sé de lo que hablo porque trabajo en la Agencia de la Vivienda Social.

Respuesta

Lo único que se me ocurre es volver a firmar un contrato de alquiler con fecha de hoy, y hacerlo ya bien y depositar la fianza

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas