Tengo un piso en el que vivo y quiero alquilar habitaciones con permiso del propietario.Puedo acogerme a la LAU que lo permite ?

Tengo un piso en el que vivo y quiero alquilar habitaciones a turistas es decir estadías termporales no superiores a 15 días . ¿Puedo acogerme a la LAU o debo someterme a las normas de la Generalitat de Valencia que es mucho más restrictiva?. He encontrado información acerca de los apartamentos turísticos que si que está regulado y requiere una serie de requisitos)es enste caso se trata de apartamento entero). Creo que el alquiler de habitaciones en casa de familia no está regulado pero no estoy seguro. Vivo en Valencia.

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Respuesta

Te mando una serie de puntos, teniendo en cuenta que tu vives de alquiler en el piso y quieres subarrendar habitaciones.

Primero, tienes que tener por escrito el consentimiento del propietario. Ten en cuenta que el propietario de la vivienda tiene derecho a exigir una compensación por permitir el subarriendo de parte del inmueble.

A diferencia del alquiler de una vivienda completa, que se regula a través de la conocida Ley de Arriendos Urbanos (LAU), el alquiler de una o varias habitaciones de una casa se rige por el Código Civil.

En el caso de el subarriendo consentido, el arrendatario deberá hacer un contrato con cada subarrendatario que vaya a ocupar las habitaciones de la vivienda, especificando las zonas alquiladas y las normas de convivencia de la casa.

La suma del precio de los subarriendos de las distintas habitaciones no puede superar al precio total del alquiler que paga el arrendatario.

El importe que perciba del subarrendatario se tributará como rendimiento del capital mobiliario, que, además, no formará base de la renta del ahorro del IRPF y se integrará dentro de la renta general tributando al tipo medio del contribuyente.

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