Me quieren denunciar por trabajar en negro, qué puedo hacer?

En mi tiempo libre y para ganar experiencia le daba clases a una niña en su domicilio. Hasta ahí todo bien, pero la madré empezó a utilizar el hambre de sus hijos y demás para ir retrasándose en los pagos, yo como tonta y pensando en los pequeños fui aguantando hasta que la suma se fue agrandando. Ya con una suma considerable empecé a ver cosas raras en ella que me hicieron desconfiar y reclamarle el dinero que me debía : 400 euros, casi 5 meses sin cobrar. Ella para pagar alegó que al estar separada y al corresponderle a su pareja el 50% de los gastos de sus hijos que debía hacer factura para poder reclamarle a el y pagarme a lo cal yo por consejo de una avogada que en mala hora me dijo, accedí a hacerle la factura de lo que me debía y de lo que me había pagado (era todo una tetra para quedarse ella con el dinero que le diese el marido por las facturas y n pagarme).

A día de hoy me debe 400 euros y amenaza con denunciarme por trabajar en negro si sigo exigiendoselos.

Consulte en una gstoría adjuntando las facturad y me dicen que eso no son facturas son recibos de pago ( el cual el de 400€ consta evidentemente sin pagar) y que con eso no puede denunciarme. Pero tengo mucho miedo. Me siento desamparada en esta injusticia y tengo miedo de tener que pagar una multa por 200 euros que cobré, a los cuales tendría que descontar el gasoil del coche y el dinero del material que incluyo en las clases, que no me dan las cuentad vamos!

En esas "facturas" consta mi nombre, DNI, relación de días y total y mi firma. Destacar que ella n tiene eso en papel sino que sólo tiene una foto de las mismas que yo le mandé fiandome de ella.

¿Puede denunciarme por trabajar en negro y no pagar seguridad social? ¿Qué consecuencias puede tener dicha denuncia sobre mi persona? ¿Y hay algo que pueda hacer yo para exigirle la cantidad que me debe?

Por favir si alguien me puede ayudar se lo agradecería muchísimo!

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Estimada consultante,

Evidentemente puede denunciarla, ya que usted debió emitir facturas con IVA (a pagar por esta señora) y, en principio, estar dada de alta en la SS. No obstante, este ultimo punto es conflictivo, pues si sus ingresos anuales son inferiores a unos 9500 euros apróximadamente no tiene que darse de alta en el RETA, esto es, si usted no supera en sus facturas los 705 euros de SMI.

Habría que ver esa relación de horas efectuadas, ya que podemos darle la vuelta a la tortilla y si la prestación de servicios como profesora eran de carácter habitual, no asumías el riesgo, te imponían un horario, usabas las dependencias de esta señora para impartir las clases... podrían darse los elementos del contrato de trabajo por cuenta ajena y ser tu quien la demandes a ella por despido improcedente (si estas en el plazo de 20 dias) al tener un contrato de trabajo (verbal) de carácter indefinido (no estar de alta en la SS), pudiendo reclamar las diferencias salariales según el convenio colectivo de enseñanza privada por la diferencia entre lo cobrado y lo que realmente tenias que haber cobrado, sin contar con la ausencia de cotización a la SS por parte de tu empleadora etc..

Esto ultimo puede ser mas un arma de presión contra esta señora ante los chantajes que una viabilidad real de ganar el asunto en vía judicial, pero nunca hay que descartarlo..

Un cordial saludo y a tu disposición quedo.

[email protected]

Si yo iba habitualmente 3-4 días por semana y era en la casa del niño.

Lo que me parece injusto es que además del engaño y de utilizarme para sangrar a su marido con los recibos que yo le hice, además de no pagarme pueda denunciarme por un dinero que no cobré. 

Y a qué pena puedo enfrentarme por dichas denuncias? hai alguna circunstancia en la que pueda ampararme para evitar dicha sanción?

Muchas gracias por su respuesta

Estimada Maria Palacios,

Lamentablemente no soy asesor fiscal, por lo que la información que puedo facilitarle en este punto es limitada, no obstante a modo ejemplificativo pueden obligarla a pagar la cuota de autónomos de todos los meses que en teoría usted ha trabajado para esta señora, junto a un recargo de en torno al 20%.. pueden imponerle además una sanción de entre 300 y 3000 euros..

Yo puedo asesorarla a nivel laboral para el caso de que la demanden o pretenda usted demandar a esta señora por tenerla trabajando para ella sin estar de alta en la SS.

Desde mi punto de vista, acudir 3 o 4 veces a la semana durante imaginemos 1 o 2 horas, con un horario preestablecido y con unas condiciones impuestas puede constituir un contrato por cuenta ajena y debió haberla asegurado (es un poco utópico lo que le hablo, ya que la mayoría de los profesores que acuden a casa de particulares lo hacen en "B", ni siquiera dado de alta como autónomos), es decir, podría constituir a todas luces una relación laboral ... recuerde que en el derecho laboral lo importante es la realidad de los hechos, no lo que figura en el papel.

Por ejemplo, una opción (sin descartar el monitorio, pues su gestoría le ha dicho que no son "facturas" en puridad, que es un elemento clave para interponer un Monitorio) para recuperar ese dinero que le deben a usted, pasaría por demandar a estar señora por despido improcedente y reclamarle las cantidades debidas junto a diferencias salariales y posteriormente conciliar con ella y alcanzar un acuerdo que satisfaga a ambas partes...

Es un asunto complejo el suyo.

951 71 50 41

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