Renta 2016. Compra parte de una herencia

Mi mujer para adjudicarse el piso de herencia de su madre, le pago 6.000 e a su hermano, en el momento de la aceptacion de la misma. En el borrador de la renta, viene reflejado el piso como renta inmobiliaria. ¿Se puede desgravar de alguna manera esta cantidad? ¿Y los gastos de notaria y registro?

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En el momento de adquisición del inmueble, en este caso en parte por herencia y otra parte por compra a su hermano, no es posible deducirse los gastos que ha ocasionado la adquisición. En el caso de que en un futuro se venda la vivienda, entonces sí que los gastos se tendrán en cuenta y deducirán sobre el valor de adquisición la hora de tributar la ganancia o pérdida patrimonial. La vivienda, si no es la habitual, tributará como renta inmobiliaria.

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En la imputación de renta inmobiliaria no puede deducir ningún gasto. Debe conservar los justificantes de esos gastos, para su deducción en el caso de que venda ese inmueble

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