Después de la baja por maternidad, ¿Tengo derecho a agrupar las horas por lactancia y cogerlos como vacaciones?

Mi mujer esta de baja por maternidad, y antes de reincorporarse al trabajo querría agrupar las horas por lactancia para estar más días atendiendo al bebe, pero en la gestoría de su trabajo le dicen que desde el 2012 que eso no se puede hacer... ¿es correcto? Porque conocemos gente que teniendo al bebe tuvo 15 días más de "vacas"...

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Para disfrutar del permiso de lactancia "normal" (sin acumular) no necesitas nunca la autorización de la empresa porque es un "derecho" directo que te da el ET. Lo único que necesitas es una comunicación escrita bien hecha y sobre todo fehaciente. Si les gusta, bien y si no también.
Si lo permite tu convenio puedes acumular la lactancia sin autorización de la empresa, con una comunicación escrita correcta y fehaciente
Si tu convenio no te da el derecho directo a acumulación de lactancia o no dice nada sobre el tema, sólo podrás acumular la lactancia por acuerdo con la empresa. Este acuerdo no es una solicitud, sino un documento algo más serio, firmado por ambas partes y que no deje cabos sueltos.

En caso de poder acumularlo, correspondería la acumulación de una hora por día laboral hasta que el bebe cumpla 9 meses. Esto podrás comprobarlo en el ART.37.4 del Estatuto de los Trabajadores.

gracias,el convenio al que esta adherida mi mujer es el de auxiliar de clínica,no querríamos tener que hacer ningún escrito a la gestoría ya que con los jefes hay muy bueba relación y ellos están por la labor de no negarle ningún derecho a ella.....el tema es que el de la gestoría dice que desde 2012 que no se puede disfrutar de esos días....donde me podría informar(sitio oficial) para ir a  hablar con el de la gestoría y decirle que esta equivocado

Una forma más que oficial es mostrarle el estatuto de los trabajadores, como te indiqué en el Art.37,4 lo pone. Por lo que la ley lo permite, ya depende del convenio la forma de poder disfrutarlo y solicitarlo.

¡Gracias! 

Fuimos a hablar con el de la gestoría, y reitera que aquí en galicia, hubo una sentencia del T.S. en la cual la empresa solo esta obligada a conceder la lactancia acumulada en el caso de que se le este dando pecho al bebe, ¿y qué en el caso de que sea a biberón queda a decisión del empresario el concederlo o no... la verdad es que he buscado en internet y no encuentro nada parecido... tu sabes algo de eso? muchas gracias...

Lo datos que te he indicado son a nivel nacional, si en Galicia en concreto hay una sentencia específica... no te puedo dar más detalles porque los desconozco.

Pero por lo que comentas que te dijo la gestoria, es lo que te comenté anteriormente, que si bien el convenio no obliga a conceder el permiso, es el empresario el que debe decidir si lo concede o no.

Si dices que hay buena relación con la empresa, todo lo que puedes hacer es pedirlo y que ellos te den una respuesta.

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