¿Pensiones se pueden unir una de muface y otra de régimen general?

Soy funcionario del grupo A2 y además tengo la compatibilidad y trabajo por cuenta ajena en el grupo A1. ¿Cuándo me jubile se pueden sumar las dos hasta el limite máximo?

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Si. Además si sumando las dos cotizaciones supera el máximo tiene derecho a que le calculen que porcentaje de este máximo le debe retener cada empresa.

Tenga en cuenta que si tiene suficientes años cotizados como funcionario, se puede jubilar a los 60 años, pero en el régimen general en ningún caso lo podrá hacer antes de los 63, por lo tanto si se jubila antes de esa edad solo tendrá la pensión de funcionario.

¡Gracias!¿Entonces si me  jubilo a los 60, solo cobraría la de funcionario y a partir de los 63 lo que falte hasta el tope?. Gracias otra vez

En principio debería ser así, pero no te lo aseguro al 100%. Debes informarte en clases pasivas del Estado, que creo que tiene representación en las delegaciones de Hacienda del Estado.

De todas maneras se me ocurre que, según la edad que tengas, tal vez no te interese pedir la cotización compartida, ya que si con la pensión de Muface por si sola superases el importe máximo, te podrías jubilar a los 60 con el 100%, pero si reduces la base para ahorrar cotización, ya no llegarías. Si te falta mucho tal vez quiera que te descuenten menos todos los meses, pero si te falta poco te puede interesar seguir cotizando por todo el sueldo para tener toda la pensión.

Actualmente la pensión máxima está en 2.573,70 euros brutos mensuales. Mira tu nómina y si la base de cotización es igual o superior a esta cantidad, te corresponde la máxima porque ganes lo que ganes, más de eso no puedes cobrar.

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