Positivo de Alcoholemia tras accidente
Resulta que debido a una distracción se me fue el coche de la carretera y fue a parar a una cuneta sin provocar lesiones y daños.
Debido a que no podíamos sacarlo y con miedo de haberle echo alguna avería me tome un par de cubatas sin saber que a la hora de estar ahí viniera la policía y nos practicara un control de alcoholemia el cual en el primero di 0.77 y el segundo 0.85.
Mi pregunta es si puedo demostrar que en el momento en el que conducía el automóvil mi tasa de alcoholemia no era tan elevada como para que me quiten el carnet y se convierta en un delito penal.
Ya que ningún policía me vio conduciendo en el momento del accidente y los únicos testigos son mis acompañantes y que vieron como bebí mas posteriormente del accidente.
El día del accidente nadie dijo llevar el coche por los nervios y yo personalmente porque no me esperaba que me hicieran soplar.

Estoy de acuerdo parcialmente con juuliosv... dice usted juuliosv que se le puede hacer una alcoholemia a un peatón que suponga un riesgo para la circulación (Entendiendo que ese riesgo es valorado por el agente que practica la prueba) ? no contestemos cualquier cosa... dígame donde dice que un peatón (salvo que este implicado en una accidente de circulación) puede ser sometido a una prueba de alcoholemia. Un saludo - Jesus Villalba
Articulo 14, apartado 2: "Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción conforme a lo tipificado en esta ley." Como usted sabrá el riegos conlleva una vulneración de las normas establecidas, por lo tanto Siempre que exista riesgo para la seguridad vial se habrá cometido una infracción, por ejemplo va como una cuba arrastrandese por las paredes, no hay infracción en ello y no hay riesgo, ahora si en esas mismas condiciones cruza con un semáforo en rojo, estará vulnerando las normas y piniendo en riesgo la seguridad. - Julio Ab
Genial, están obligados a hacer la prueba.... y que tasa pueden arrojar como máximo? con que articulo le denunciarías? (todos los artículos van encaminados a la conducción y no son de aplicación).Únicamente cabría denunciar por la negativa a someterse a la prueba en el caso de lo usuarios.Hace falta que entre en vigor la reforma de la LSV, hasta entonces el tema de los peatones no hay forma de denunciar que vayan ebrios. - Jesus Villalba
Efectivamente, ese es el problema que siendo peatón, negarse es absurdo! Por no decir otra cosa, pues aunque des 1.5 (si eres capaz de aguantarlo) no te pueden multar, ahora si te niegas a hacer la prueba te pueden caer 1000€, aunque seas abstemio, ! Las incongruencias de la ley¡ Aunque eso es si no estas involucrado en un accidente, lo que yo no tengo jurídicamente tan claro es el caso de varios ocupantes bebidos, incluido el conductor, tienen accidente, si el resto de ocupantes del vehículo y por lo tanto usuarios de la vía involucraDos en un accidente! ¿Podrían ser sancionados? - Julio Ab
Las pruebas de alcoholemia a otros usuarios de la vía generalmente se practican por si se derivan responsabilidades civiles o penales que hagan pensar que se han producido como consecuencia de la ingesta de sustancias prohibidas o bebidas alcohólicas. Hasta que no se modifique la LSV no hay sanción posible, salvo las responsabilidades penales y posteriormente civiles que se deriven de un accidente si se determina que fuesen responsables. El que legislo ya te digo que se quedo como dios... - Jesus Villalba
En esta como en otras tantas, pirque no me digas tu que la ley sobre instalaciones solares, o como se conoce del,impuesto al sol, es para Oscar. - Julio Ab