Juicio Verbal Falta de pago (Desahucio alquiler)

He estado viviendo de alquiler con opción a compra en una vivienda de protección oficial por un período de 3 años y 6 meses aproximadamente. Siempre he pagado las mensualidades religiosamente hasta que hace unos meses mi situación familiar y personal cambió. Dejé de poder pagar las mensualidades en el mes de Julio de 2016, un mes antes de que el contrato se auto-renovase en el mes de agosto del 2016. Pasados tres años, se suponía que se revisaría la situación laboral y familiar en general para ver si habían habido cambios y no nos contactaron. En octubre o noviembre, cuando la deuda ascendía aproximadamente a 1400 o 1600€ se pusieron en contacto con nosotros mediante correo electrónico y nos amenazaron con llevarnos a juicio. Nosotros les explicamos la situación por la que estábamos atravesando, les dijimos que en ningún momento queríamos ir a malas, ni tampoco tener que llegar a juicio. Estuvimos intentando negociar con ellos para encontrar la mejor solución posible, entre ellas estaba la posibilidad de firmarles un reconocimiento de deuda, con los meses de alquiler que les adeudábamos y abandonar la vivienda voluntariamente. Nos comentaron que lo valorarían y nos darían una respuesta. El día 27 de enero nos llegó una notificación para ir el día 30 de enero a las 09:30 al juzgado de paz y al ir a ver de qué se trataba nos hemos encontrado con que es una citación para presentarnos el día 19 de abril a las 13:00 en el juzgado de primera instancia e instrucción para un procedimiento verbal desahucio por falta de pago. La fecha de lanzamiento está prevista para el día 25 de mayo de 2017 a las 10:00 de la mañana. No tenemos a dónde ir, por lo que para no quedarnos en la calle nos han sugerido que presentemos el siguiente escrito ante el tribunal:

http://prouespeculacio.org/wp-content/uploads/2014/02/documento-suspension-desalojos-TEDH.pdf

Por otra parte, consideramos que se ha actuado de mala fe por parte del demandante por diversos motivos.

1º. El contrato dice que desde el primer mes que se deja de pagar una mensualidad, se puede rescindir el contrato e iniciar el procedimiento correspondiente de desahucio. Sin embargo, se han esperado hasta que la cantidad ha sobrepasado los 2000€ para llevarnos a juicio sabiendo que no tenemos nada.
1.2 En mi opinión esto lo han hecho actuando de muy mala fe, ya que cuando la cantidad adeudada supera la cifra de 2000€ es cuando te pueden llevar ante el tribunal y hacer pagar las costas del juicio las cuáles en la demanda también nos están reclamando y que ascienden a casi 6000€. Dichas costas aparecen que se nos reclamarían en una cláusula del contrato de arrendamiento. Dicha cláusula nos han comentado que es totalmente abusiva e ilegal ya que debería de ser el juez o jueza quien condene a pagar las costas. (El contrato también tiene más cláusulas abusivas, no solo esta).
1.3 Dichas costas no deberían de reclamarsenos porque nosotros desde el primer momento y actuando de buena fe les ofrecimos abandonar la vivienda de forma inmediata y voluntaria además de firmarles un reconocimiento de deuda con las tres o cuatro mensualidades que adeudábamos en ese momento para no tener que llegar a los juzgados y ellos, en lugar de tomar una decisión al respecto nos encontramos con que nos han llevado a juicio directamente.
1.4 La persona que ha revisado nuestro contrato, nos ha comentado que hay diversas cláusulas consideradas como abusivas. Nuestro contrato se firmó por quintuplicado ante notario. En el momento de la firma solo tuvimos tiempo de firmar todas las hojas por quintuplicado y no pudimos leer nada de todo esto y el notario tampoco nos informó, cuando todo estaba firmado, llegó, nos leyó que si teníamos algún tipo de problema quedábamos sujetos a los tribunales de Valencia y ya está.
1.5. Mi suegro figura como avalista en dicho contrato (aportó su nómina) no aportó escritura de casa ni nada por el estilo, su situación laboral también ha cambiado, ha estado en el paro y actualmente se encuentra con un contrato laboral temporal de tan solo tres meses, a él también le están reclamando la deuda. No podría hacer frente tampoco, no trabaja para la misma empresa y su sueldo no es ni de lejos el que tenía en el momento de firmar el contrato. Además tiene obligaciones bancarias, pues tiene que pagar diferentes prestamos.
1.6 Todo esto se podría haber evitado si en el mes de agosto se hubiese revisado nuestra situación personal. Cuando apenas adeudábamos el primer mes de renta. Si hubiesen actuado de buena fe, solo deberían de habernos pedido que nos marchásemos y lo habríamos hecho inmediatamente sin tener que llegar a los juzgados. Esa fue una de las posibles soluciones que nosotros les ofrecimos durante la negociación para llegar a un acuerdo.
Nosotros en ningún momento hemos querido irnos sin pagar, todo lo contrario, ofrecimos abandonar el inmueble inmediatamente, de manera voluntaria y firmarles un reconocimiento de deuda con los meses que les adeudábamos en dicho momento para no tener que llegar a los tribunales. Durante el intento de negociación siempre actuamos con buena fe y por este motivo no estamos de acuerdo con que las costas judiciales nos sean reclamadas.

Ruego por favor su valoración, pues no sabemos como actuar, ni qué hacer ni a dónde acudir.

2 respuestas

Respuesta
1

Está vd emplazado para un desahucio y además su casero tiene el aval de otra persona, mientras más tarden en entregar esa vivienda mayor costo tendrá para el avalista el compormiso que asumió por vd., sobre todo si esa persona tiene un piso en propiedad.

Respuesta

Dice usted que si les hubieran avisado en agosto se habrían marchado para no incrementar la deuda ... debieron haberlo hecho si no podían pagar no traspasen toda la responsabilidad de este hecho a la otra parte.

Hágalo ahora antes del juicio para que no se celebre. Si la parte arrendadora no acepta dar por terminado el contrato vayan al juzgado y devuelvan alli las llaves así por lo menos la deuda no seguirá creciendo ni por rentas ni por costas judiciales. HAgan muchas fotos de cómo dejan el piso (y procuren siempre que aparezca un periódico del dia) para qué no puedan acusarles de haberlo dejado en mal estado

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