Alquiler Rústico sin contrato de arrendamiento

Escribo porque tengo una duda en referencia a un local.

Somos una asociación de fiestas locales y otra entidad (local también) nos "cede" un local dentro de su propiedad rústica para un día en concreto de las fiestas patronales y durante todo el año. Esta "cesión" se viene realizando desde hace mucho tiempo, diría más de 50 años ininterrumpidamente, pero no hay acuerdo por escrito ni contrato de nada. Cada año se les paga una cantidad (100€) y ya está. En este espacio, nuestra asociación ha hecho reformas y acondicionamientos para la mejora del mismo.

Ahora el propietario nos ha comunicado que, como el local es suyo, nos requisa la llaves y ya no tenemos derecho a nada en dicho espacio. Que los mejoramientos que se han hecho, han sido porque hemos querido y que si necesitamos el espacio, deberemos pedirlo cada vez y nos comunicarán si aceptan o no. Tienen planeado abrir un albergue y utilizar los espacios en beneficio propio.

¿Hay algun derecho por uso y costumbre que nos ampare?

1 respuesta

Respuesta

Conviene utilizar los conceptos juridicos adecuadamente, lo que vd describe no es un arrendamiento rústico, que se caracteriza por el aprovechamiento agrícola del bien arrendado, se trata de un arrendamiento de inmueble conforme al Código Civil, es un contrato verbal, que en la actualidad ha quedado extinguido por voluntad del arrendador.

Por otra parte las obras de mejora que se hagan en un inmueble ajeno quedan en beneficcio del dueño de ese inmueble.

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