Trabajo en un centro especial de empleo

Aunque se trabaja de Lunes a Domingo con dos días de descanso, me puede tocar a mi por cuadrante trabajar 24 y 25 de diciembre., 31 de diciembre, ¿1 y 6 de Enero es decir todos los festivos?.
¿Cómo se pagan los festivos en Centro Especial de Empleo?
¿Tengo derecho a días de descanso por trabajar en festivo?
La empresa me dice que los minusválidos trabajan con esas condiciones.

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Según el convenio dice en su art 38 dice:

Artículo 38. Complemento por trabajo en días festivos.

1. El personal que deba trabajar efectivamente en días festivos, estuviera ello inicialmente previsto o no en su calendario laboral, y preste sus servicios en los catorce festivos tipificados en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, tendrá derecho a percibir un complemento por cada uno de los días festivos trabajados. Independientemente de lo anterior si el personal trabajara un día festivo de los que tuviese contemplados inicialmente como de descanso en su calendario laboral, tendrá derecho a disfrutar como descanso de un día de los fijados inicialmente como de trabajo en su calendario laboral.

2. El complemento de festividad regulado en el presente artículo se abonará íntegramente al trabajador o trabajadora por una jornada ordinaria, correspondiendo al trabajador/a la parte proporcional si trabaja más o menos horas en día festivo.

3. La cantidad a percibir por el trabajador o la trabajadora en concepto de complemento de festividad se calculará multiplicando el número de horas mensuales efectivamente trabajadas en jornada festiva por 3,50 €.

4. Los trabajadores y trabajadoras que a la entrada en vigor de este convenio colectivo vengan percibiendo alguna cantidad por este concepto, ésta absorberá al complemento salarial regulado en el presente artículo; si esta fuese superior a la regulada en este artículo, el trabajador continuará percibiéndola como complemento personal.

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