¿Es necesario darse de alta como autónomo al cobrar royalties de Amazon?

Soy trabajador por cuenta ajena y en mi tiempo libre me dedico al diseño de camisetas. Desde hace unos meses estoy recibiendo pagos por parte de Amazon EEUU en concepto de royalties por la venta de camisetas en su plataforma Amazon Merch. Es Amazon la que se encarga de todo el proceso de cobro, envío, gestión del pedido, etc. Y al final de mes obtengo un porcentaje sobre esas ventas en concepto de royalties por el diseño.

Según he leido en blogs y foros, de cara a Hacienda no estoy obligado a darme de alta como autónomo ya que es Amazon quien vende las camisetas y se encarga del cobro de las mismas. Simplemente tengo que declarar los ingresos en la declaración de la renta anual junto con los ingresos por mi trabajo por cuenta ajena. ¿Es esto correcto?

Amazon EEUU me está reteniendo un 5% en concepto de impuestos. ¿Al realizar la declaración de la renta me podré deducir estás cantidades que me están reteniendo por doble imposición?

De cara a la Seguridad Social, tengo entendido que sólo es necesario darse de alta como autónomo cuando se realiza una actividad por cuenta propia y de forma habitual. Entendiendose en la práctica que no es una actividad habitual si no se supera el salario mínimo. Ahora mismo los ingresos que obtengo de Amazon no superan el salarío mínimo y por lo tanto no estaría obligado a darme de alta. ¿Es esto así?

Es bastante probable que el futuro los ingresos sí superen el salarío mínimo. En ese momento debería darme de alta como autónomo ante la Seguridad Social y pagar la cuota mensual. ¿Debería también darme de alta como autónomo también en Hacienda o podría seguir declarando los ingresos en la declaración de la renta anual al no tener que facturar?

Agredezo su enormemente su tiempo y ayuda.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Entendemos que usted es residente fiscal en España y por lo tanto ha de declarar por todas sus rentas mundiales en España, y podrá acogerse al convenio firmado entre ambos países.

Entendemos que usted cobra por "derechos de autor o propiedad intelectual o industrial" los royalties, para lo que no es necesario estar dado de alta en Hacienda o seguridad social, si los gestiona usted mimos (como parece ser) y no mediante una entidad de gestión de derechos, lo que si pude suponer la obligación de alta.

En cualquier caso, habría que estudiar su caso concreto.

Muchas gracias por su respuesta.

Efectivamente soy residente en España. ¿Me podrían aclarar si puedo declarar esos ingresos de royalties como rendimientos del trabajo ante Hacienda?

Ante la Seguridad Social y aunque no tenga que darme de alta como autónomo, ¿tendré que cotizar algo por los royalties que obtenga al superar estos el salario mínimo profesional?

Agradecería su me pudiesen resolver estas dudas.

Gracias!

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

En nuestra opinión, y sin conocer el caso y circunstancias concretas, entendemos que no ha de estar dado de alta en la seguridad social, pero si es su actividad económica habitual, hay que estudiar las obligaciones tanto de hacienda como de seguridad social.

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