Me mandaron una citación para recoger un aviso de cofidis

Hace unos días recogí una citación de cofidis o mejor dicho una empresa q se dedica a cobrar los impagos de de dicha empresa... Hace tiempo pedí un crédito a cofidis de 3000 estuve pagando letras mucho tiempo pero por mucho que pagaba no bajaba la deuda

Yo iba a pagar a una oficina que había en un piso, un día fui y me dijeron que allí ya no podía pagar ya que la oficina pertenecía a otra persona diferente que ya me mandarían dirección nueva para pagar paso mucho tiempo y me olvide del tema creí que con lo que había pagado se daban por satisfechos ahora después de más de diez años me mandan la citación del palacio de justicia y me dicen que les debo 6400 euros más o menos, quisiera saber, si eso es legal, ¿si puedo hacer algo y que me puede pasar si no pago?. Pues mi situación sigue siendo mala .. Yo no tengo ya justificantes de pago cambie de domicilio y me deshice de muchos recibos, entre ellos esos, creí que ya estaba acabado, si alguien puede aconsejarme .lo agradezco mucho pues no puedo meterme en un abogado.. Alguien me dijo que después de tanto tiempo se caducaban este tipo de contratos

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Lo más probable es que se trate de un procedimiento monitorio, que consiste en un requerimiento de pago por la cantidad adeudada. Si se te requiere y ni pagas, ni te opones, se archiva por impago y quien lo reclama puede iniciar un procedimiento de ejecución de titulos judiciales en el que se te pueden embargar bienes. Si no lo recoges, se archiva por falta de localización, y puede o no, que quien te lo reclame, en ese momento pase a iniciar un juicio ordinario, en el cual, si que si no lo recoges, se te declara en rebeldia y puedes ser condenado al pago.

Si te opones al monitorio, o en su caso quieres contestar a la demanda de juicio ordinario, con esa cuantía te va a hacer falta abogado y procurador, si tienes un salario inferior a dos veces el smi, puedes pedir uno de oficio en el colegio de abogados.

En cuanto a la prescripción de la acción para reclamarte la deuda, ha cambiado recientemente, pasando de 15 años a 5 años en el caso de que sea un préstamo, y manteniéndose en quince años si deria de una tarjeta de crédito. Pero al haberse producido tu deuda en un momento en que la ley decia que prescribia la acción a los 15 años, puede ser que le afecte la antigua legislación, tendrás que consultarlo con un abogado experto en la materia.

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