Venta de vivienda y préstamo hipotecario

Querríamos vender nuestra vivienda y comprar otra, pero querríamos quedarnos con la hipoteca de la primera vivienda cambiándola por la que queremos adquirir. ¿Se puede realizar esta operación?

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Respuesta

Entendemos que lo que plantea es una ampliación de la hipoteca y que comprenda el nuevo inmueble. La opción es posible, pero el banco le cambiará las condiciones.

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Las novaciones hipotecarias. Se trata de una expresión que nunca ha estado de más actualidad, ya que buena parte de las operaciones de refinanciación o de salvamento hipotecario pasan por algún tipo de novación. Y es que la novación engloba un amplio número de opciones. Como podéis imaginaros, la novación hipotecaria no es otra cosa, en sentido amplio, que la modificación sobre algún aspecto del préstamo hipotecario, convenida a posteriori de la firma, . Sin ánimo de ser exhaustivo, podemos novarr:

    • El plazo: Una de las variables más tocadas en la actualidad. Su razón de ser esta clara, se trata de ampliar el plazo con el fin de lograr una rebaja de cuota que haga más llevadero el préstamo.

    • El tipo: Muy de moda hace años, ahora en mayor desuso dada la reducción de la competencia entre entidades. Aquí incluyo el convertir nuestro préstamo en uno a tipo fijo o variable, según el caso, o bien la mera reducción del diferencial que tengamos pactado si queremos seguir estando a tipo variable, por poner un ejemplo. Habría otras opciones, como la eliminación de tipos de interés mínimos, etc…

    • El importe: También bastante frecuente en la actualidad, y base de un buen número de refinanciaciones. Es la llamada ampliación de hipoteca.

    • La divisa: La Hipoteca puede estar formalizada ea que en euros, que es lo más habitual, pero si lo deseamos podemos cambiarla a otra divisa de referencia.

    • Las garantías reales o personales: Llegado un momento, y frecuentemente relacionado con otros cambios en los préstamos (cancelaciones parciales, por ejemplo), puede ocurrir que haya que incorporar o excluir nuevas garantías reales o personales (en este último caso, estoy hablando por ejemplo de la liberación de avalistas).

  • El sistema de liquidación: Generalmente la inmensa mayoría de los préstamos se liquidan a través del sistema francés, pero sería posible modificarlo a otro distinto, o bien dentro del mismo, incluir un sistema de cuota creciente. Actualmente, una de las opciones más utilizadas es la introducción de carencia en los préstamos, o de modificar la periodicidad de las cuotas durante dicho periodo.
Respuesta

Teniendo en cuenta lanlay europea y las cláusulas declaradas nulas por lanuni9n europea y España ha incluido varias que tiene que retirar, como:

1. Tarjetas

2. Planes de pensiones

3. Vencimiento anticipado.

4. Los interés es de demora no pueden superar múltiplos de 3. Los límites lo ha puesto banco de España para hipotecas.

5. Todas las hipotecas bonificadas son completamente, ilegales. Cuantos más productos más baja la hipoteca pero no se ajusta legalmente al código Mercantil ni no me equivoco.

6. Seguro de préstamos, en el cual el cliente no lo puede utilizar ya que el titular es el banco. (Dictaminado ilegal).

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