Impago recibo comunidad de propietarios

Hace aproximadamente 4 años hubo una derrama en la comunidad de propietarios donde vivo. No estaba conforme con el importe dado que no presentaron presupuestos previos y la reparación la efectuó un familiar de la persona que tenía los daños. He seguido pagando todos y cada uno de los recibos que me han presentado menos ese, que asciende a un importe de 230 euros aproximadamente. Ahora el administrador de la finca, "amenaza" con ir por vía judicial contra aquellos vecinos que no hemos participado en la derrama. Yo no me niego a pagar, de hecho sigo cumpliendo con mis obligaciones con la comunidad, quisiera saber que derechos tenemos, ya que como he dicho anteriormente pago todos los recibos que se generan, pero no se hasta que punto estoy obligada a pagar una "derrama" en la cual no presentaron los presupuestos en su momento y cuando se requirió al administrador, me enseñó 3 presupuestos de la misma empresa

2 Respuestas

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Estoy de acuerdo con las indicaciones que te da Poliplos, pero solo comentarte que por debajo de 400 € dudo mucho que te lo puedan reclamar por vía judicial.

De hecho, los vecinos morosos con las cuotas a veces juegan a estar en el borde de los 400 € y así no hay manera de llevarlos al juzgado. Lo se por experiencia propia en mi comunidad.

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1

Esa derrama, ¿se aprobó en una junta?

Creo recordar que no, que los daños fueron causados por lluvias y según el vecino afectado como urgía la reparación no había tiempo de buscar presupuestos, pero debido al tiempo transcurrido no te puedo garantizar si se aprobó o no

Si realmente era urgente, se puede reparar sin aprobarlo en junta. Y si se aprobó, existe la obligación de pagar.

Si hubo acuerdo, pero alguien no está conforme, tiene derecho a impugnar. En cambio, el derecho a no pagar no existe.

Y el plazo para impugnar ya habría pasado.

En resumen, debería usted pagar, o se lo reclamarán judicialmente.

Perdón mi insistencia, pero el vecino fue el que dictaminó que era urgente y pasó los gastos a la comunidad. Somos varios vecinos que no estamos conformes, aún estaríamos a tiempo de impugnar a pesar del tiempo transcurrido?

El plazo máximo para impugnar (que es el que corresponde a acuerdos ilegales) es de un año...

Si la obra no se aprobó en junta, deberían haber impugnado las cuentas (o cualquier acuerdo relacionado con la obra, en el momento en que se hubiera tratado en una reunión). Si no se opusieron formalmente en su momento, implícitamente acatan la decisión y, al no pagar, se convierten en morosos, con todo lo que ello conlleva.

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