¿Baño adaptado para minusválidos en clínica fisioterapia?

Estoy con los tramientes de apertura de una clínica de fisioterapia, y lo único que nadie me aclara de manera absoluta es la obligación o no de poner un baño adaptado, incluso en el ayuntamiento la respuesta es "no creo que sea obligatorio". De ello depende la distribución del local por eso es tan importante estar seguro de que debo hacer.

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Teniendo en cuenta que tendrá que realizar la Inscripción de Centro Sanitario en su Comunidad Autónoma.. lo consultaría en dicha Delegación de Salud.

Debido a su actividad es muy probable que pueda llegar alguién en silla de ruedas, o con algún tipo de discapacidad... yo no tendría dudas, aseo accesible.

Espero haberle sido de ayuda.

Un saludo.

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Lo habitual es que no lo sea, por no ser considerado un local de pública concurrencia. No obstante, la determinación de la obligación o no depende exclusivamente de tu ayuntamiento, en base a sus ordenanzas municipales. No pueden darte una respuesta como "no creo que sea obligatorio", deben informarte adecuadamente de los requisitos que ellos exigen y asegurarte si lo es o no. El técnico municipal (habitualmente el arquitecto municipal) debe resolverte todas las dudas que tengas e indicarte qué requisitos debe cumplir el local.

¡Muchas gracias!

Y sólo una cosa más; si el ayuntamiento me dijese que no hace falta y me da la licencia, ¿podría venir luego sanidad y exigírmelo?

Lo normal es que la normativa municipal no contravenga la autonómica, ya que es la Consejería de Sanidad de tu Comunidad Autónoma en la que te tienes que inscribir como centro sanitario. Desconozco de que Comunidad en concreto se trata, no obstante, en cuanto al espacio físico de la consulta o del centro se refiere no suelen ser excesivamente exigentes, por ejemplo, para la Comunidad Valenciana, en lo que al local para un profesional se refiere, tan solo te pedirían :

Recepción y/o sala de espera (superficie mínima de 8m2).

Consulta: será de las dimensiones adecuadas con una capacidad

Suficiente para una mesa de entrevistas, sillas de confidente, camilla

De exploración, negatoscopio, lampara de exploración (en función

De la actividad reflejada en la memoria). La zona de exploración

Dispondrá de lavamanos.

Las consultas objeto de esta orden no podrán compartir locales

O zonas comunes con ninguna actividad comercial o profesional

Diferente a la sanitaria.

Si la especialidad requiere técnicas de diagnóstico o tratamientos

Especiales deberán contar con una sala de 15m2 como mínimo,

Dotada de equipamiento preciso.

Aseos: integrados en el centro con lavamanos e inodoro. Los

Centros que comparten locales con espacios destinados a vivienda

Deberán contar con aseos de uso exclusivo para el centro sanitario.

Si la planta física dispone de más de un nivel, con una diferencia

Superior a 1,50 m se garantizará el transporte vertical de pacientes

Con los medios adecuados.

El centro contará con iluminación y señalización de emergencia.

Siempre que se realicen técnicas intervencionistas deberá contar

Con los medios necesarios para una posible reanimación.

Lo normal es que el ayuntamiento exija lo mismo que la consejería, o incluso que sea más exigente; pero obviamente hay que tener en cuenta los requisitos exigidos por Sanidad de tu Comunidad Autónoma.

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En el tema de accesibilidad hay dos categorías para los baños. Practicable y Adaptado. Su aplicación depende de cada normativa Autonómica. Este país es así.

Para una clínica de fisioterapia, yo considero que los baños al menos deberían ser practicables, que es la menor limitación. También depende del espacio de atención al público que tengas en el local.

Por ejemplo, la normativa autonómica de Galicia, obliga a que siempre sean practicables y si tienes más de 150 m2 de atención al público, entonces tienen que ser obligatoriamente adaptados.

Yo como opinión personal, te diría, que aunque solo fuera por un tema de buena imagen de empresa, en un sitio donde pueden venirte personas con limitaciones de movilidad, que al menos los aseos que tengas para el público sean practicables, aunque no te obligue la normativa autonómica.

Consúltalo con el técnico que te esté haciendo el proyecto para la reforma y la licencia de apertura.

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