Cambio de jornada laboral a trabajadores con contratos antiguos

Llevo 30 años en una empresa con un contrato de 40 horas semanales (no especifica de lunes a viernes pero toda la vida ha sido de lunes a viernes) y ahora agarrándose a eso mi jefe quiere hacernos trabajar fines de semana, mi pregunta es si ahora puede cambiar eso y obligarnos a trabajar los fines de semana o después de todo eso puede hacerlo a su capricho.

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Independientemente de que el contrato no marque días, sí marca horas. Por tanto, si su jefe pretende hacerle trabajar en fines de semana también, para que "cuadren" las 40 horas semanales deberá reducir la jornada diaria. Si no, saldrán más de 40 horas.

En cualquier caso, lo cierto es que usted viene prestando servicios de L a V 8 horas diarias, aunque el contrato no lo especifique. Cualquier modificación en cuanto a horario y/o jornada es una modificación sustancial del contrato de trabajo, en cuyo caso se cuentan con ciertas alternativas:

1) Aceptarlo sin más, cosa poco lógica

2) Impugnarlo ante el Juzgado, de modo que pediríamos en demanda que, por orden de un Juez, se le reintegre en sus condiciones anteriores, es decir, de L a V.

3) Solicitar la extinción de contrato con indemnización de 20 días de salario por año de servicio y un tope de 9 mensualidades.

4) Extinción de contrato con indemnización propia de despido improcedente si entendemos que se ha menoscabado su dignidad laboral o si entendemos que se trata de un despido encubierto. Con respecto a esto, varios matices:

a) Cuando hablamos de "menoscabo de dignidad" del trabajador no nos referimos al extremo de que el trabajador sea vejado, insultado o degradado, pues ahí hablaríamos de acoso laboral. Aquí nos referimos a la vulneración de derechos del trabajador más simples, los derechos inherentes al trabajador. Por tanto, es un concepto suavizado, no extremo.

b) Si se intenta esta opción y un Juez no da la razón, siempre se puede acudir a la opción 3 de manera subsidiaria. Es decir, se puede intentar y, de no conseguirse, extinguir el contrato con indemnización de 20x9 que le comentaba

c) A pesar de que esta opción 4 pueda parecer disparatada, muchas empresas ofrecen a los trabajadores modificaciones que saben que no van a aceptar para que el trabajador se acoja a la opción 3 y, por tanto, indemnizándoles a razón de 20x9 en lugar de a 45/33 por 42/24, con lo cual la empresa se ahorra MUCHO dinero, máxime en casos como usted, con 30 años de antigüedad.

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