Despido causas económicas

He empezado a trabajar en una asesoría y se me plantea mi primer problema; hay que calcular el despido por causas económicas de un trabajador. ¿Hay algún modelo de carta? ¿Qué pasa si la empresa no tiene dinero para pagar la indemnización? ¿Sería válido el pago mediante talón conformado?

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Ejemplo carta despido objetivo.
Muy Sr. nuestro,
Debido a (exposición genérica de la causa que motiva la extinción del contrato de trabajo), nos vemos forzados a notificarle la necesidad de extinguir el contrato de trabajo que le une a esta Empresa.
Los hechos a que nos referimos y que han motivado la necesidad de adoptar esta decisión extintiva, han consistido en lo siguiente:
1.- (Descripción detallada de todos los hechos que justifican la adopción de la extinción del contrato de trabajo)
2.- ...
Todos estos hechos que se acaban de exponer justifican la extinción del contrato de trabajo que le vinculaba a Usted con esta empresa, de conformidad con el apartado (indicar apartado) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
Al mismo tiempo que se le hace partícipe del contenido de esta comunicación escrita, la Empresa le reconoce el derecho a la percepción de una indemnización cifrada en (indicar cifra) euros, calculadas a razón de 20 días de salario, por año de servicio, según dispone el artículo 53.1.b) del ET.
Finalmente le comunicamos que los efectos extintivos de la presente decisión tendrán lugar el próximo día (indicar día), fecha en que concluyen los 30 días de preaviso que hoy comienzan. Durante el citado periodo, dispone Usted de una licencia de 6 horas semanales retribuidas con el fin de buscar otro empleo.
Rogándole pase por la oficina a la mayor brevedad y firme el duplicado de la presente, para constancia de su entrega, le saludamos a Usted atentamente,
Nombre y firma de la persona de la empresa que notifica la decisión de despido
¿Qué pasa si la empresa no tiene dinero para pagar la indemnización?
Supongo que el trabajador demandara por el despido o por las cantidades que se le adeuden. Si la empresa demuestra que la situación es real se declarara insolvente. Si se recoge esto en la sentencia judicial el Fogasa se hará cargo de la deuda pero no del total(creo que es el 40 %). Suponiendo que las causas no se puedan demostrar el despido sera declarado improcedente y deberán readmitir al trabajador o indemnizarle con 45 dias/año.Lo que no podéis esperar que le hagáis un despido objetivo al trabajador y que se vaya contento sin cobrar la indemnización.

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