Presentación de impuestos de un autónomo

Soy representante de una marca de Bulgaria y voy a cobrar comisiones emitiendo dos facturas al año. ¿Qué declaraciones debo de presentar trimestralmente? IVA, IRPF... ¿y el modelo 349? Es el primer año y no he facturado mucho, así que no se si tengo obligación de presentar este último trimestralmente o anualmente

Por otro lado, ¿cuál es mi retención de IRPF? Al hacer la declaración por internet, creo que solo me deja retener el 20%.

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web.

Hay que ver como esta usted dado de alta. Lo primero, para poder emitir facturas con IVA intracomunitario, ha de estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

Habitualmente deberá presentar trimestralmente los modelos 303, 130 y 349, con sus correspondientes resúmenes anuales, que en el caso del 130 es su declaración de Renta.

Como usted factura a una empresa no establecida en España, sus facturas no pueden tener retenciones. Y será usted el que realice pagos fraccionados mediante el modelo 130.

Tengo otra duda... al realizar mi trabajo en España con clientes españoles pero cobrando comisiones desde Bulgaria, ¿tengo qué considerarlo como una prestación de servicios intracomunitarios y presentar el modelo 349?

Por otro lado, estaba dado de alta en el ROI desde febrero del 2013 pero me dieron de baja hace un tiempo y ahora que quiero empezar otra actividad comprando unos productos en un país europeo y vendiéndolos en España...¿con qué fecha me tengo que volver a dar de alta en el ROI? Muchas gracias por su respuesta

Entendemos que usted factura las comisiones directamente a la empresa de Bulgaria, por lo tanto, se trata de una prestación de servicios intracomunitaria.

Tendrá que volver a presentar un modelo 036 solicitando el alta en el ROI, y actualmente están pidiendo que aporte una factura intracomunitaria para tramitar el alta. Si usted no presenta declaraciones del 349 le darán de baja de oficio.

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