¿Se debe construir una pared medianera en el solar donde el vecino quiere hacer una piscina de obra?

Tengo un vecino que está construyendo una piscina en su solar donde tiene desde antes su casa hecha; dicho solar está colindando directamente con mi vivienda. Aunque la piscina no pega directamente a mi pared, entiendo que está obligado a levantar su pared correspondiente desde su linde que pega justo a mi pared, ahondando hasta donde empieza mi cimentación, ¿verdad?

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Por norma, el funcionamiento de las medianeras de un modo general es el siguiente, te pongo un ejemplo; tienes un terreno y encargas un proyecto para edificar dentro de tu linde. Cimentación, tipo de pared, cargas, etc, etc. Todo en tu terreno.
El propietario de la finca colindante con la tuya, quiere construir una casa. Deberá hacer exactamente lo mismo que tu, es decir, proyecto, cimentación, paredes, cargas, etc. El es propietario de su pared y tu de la tuya.

Como dice el profesor, Poveda, las normativas suelen cambiar de una localidad a otra. Por esta razón, lo que te expongo es de una forma generalizada. Lo normal es que la medianera la componga una pared de 15 cm por tu lado y 15 cm por la de tu vecino, separadas por una cámara de aire o algún tipo de aislamiento, según el proyecto y la normativa del lugar.

Años atrás, la medianera podía ser de una sola pared, siempre que el proyecto de las dos viviendas lo aprobara. En este caso los costes de esta pared corría a cargo de los dos propietarios. La cimentación y la pared, se construía en el centro de la medianera.

Por lo que entiendo, tu caso es el del primer ejemplo. También me parece entender, que la cimentación y pared de tu patio, ya está construida. En este caso, tu vecino no puede hacer uso de la pared ni para clavar un clavo, ya que es exclusivamente de tu propiedad. Siendo responsable de los daños o desperfectos que ocasione en ella.

El en su parte de la medianera, puede hacer cimentación y pared, o puede colocar una valla metálica, las únicas limitaciones que tendría serian, que no puede exceder de una altura determinada por la normativa, y, que no puede anclarla a tu pared.

Lo que si que debes contemplar, es la distancia de separación que debe guardar la piscina hasta tu pared. En los patios, hay normativas que impiden, anexos, distancia de los arboles, incluso la situación de barbacoas.

Finalmente decirte que como ves coincido completamente con el profesor Poveda. Pero, como estoy seguro, que diría el, un Hombre sin información, es un hombre sin opinión. Entre los dos tienes la información que necesitas.

Un cordial saludo; Josep

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Tendrás que hacer la pregunta en el Departamento de Obras de tu ayuntamiento. Las normativas son distintas de una localidad a otra.

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