Demanda por despido improcedente y cantidad

Mi empresa nos ha hecho a casi todos los empleados un despido improcedente y no nos paga nada de finiquito parte de sueldo ni indemnización puesto que alegan que la seguridad social tiene las cuentas embargadas.

Me han informado de que tengo 20 días hábiles desde la fecha de baja para presentar ante el omic una demanda por despido y para el de cantidad tengo un año.

No se si es mejor que lo haga un sindicato, un graduado social o un abogado laboral ya que todos esos embargos que tiene la empresa es por una mala gestión de su antigua asesoría y por ello le llegan ahora numerosas multas. Además esa asesoría se niega a tramitar y facilitar algún papel por lo cual no se puede corregir todo lo que ha estado mal. Por ejemplo:

Mi contrato no esta firmado y algunos no están ni registrado cosa que no se si el mio tampoco puesto que ni me lo ha facilitado. Las nominas todas mal según el nuevo gestor pero es algo que no me facilitan desde el 2013. Y las bases de cotización también todas mal.

Además tengo una duda y es que mi trabajo es de teleoperadora ( telemarketing) y en el certificado de empresa figura administrativa con funciones de atención al cliente. Con lo cual no se si legalmente el salario que legalmente me correspondía era como administrativa y no como teleoperadora (aclarar que cobramos la mitad de lo que debe cobrar una teleoperadora legalmente según convenio). En el contrato no pone nada de cantidades según otras compañeras pero no se si mi caso.

¿Si fuera así legalmente pudiera reclamar la diferencia del ultimo año como trabajadora administrativa que es lo que esta registrano en la seguridad social o tengo que compararlo con el de teleoperadora?

1 respuesta

Respuesta
1

Efectivamente, dispone de 20 días hábiles para interponer una papeleta ante el SMAC o CMAC (Servicio o Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de su ciudad pero no el OMIC, ya que es para consumidores y no trabajadores, y a su vez la demanda ante el Juzgado de lo Social.

Puede acudir indistintamente a un sindicato/graduado social/abogado laboralista, todos podrán asesorarle.

Además, podría interponer una reclamación de cantidad por diferente categoría profesional, por las diferencias de los últimos 12 meses.

Para más información, no dude en contactar con nosotros.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas