Venezolana con más de tres meses en Espa;a casada con comunitario.

Me voy a casar en Barcelona España, en el consulado Portugués con mi novio, sin embargo me preocupa que he leído que en España para solicitar la tarjeta de residencia de un familiar es necesario estar en situación legal, es decir, tener menos de tres meses de haber entrado en territorio espanol; Existe alguna forma de obtener la residencia legal aun estando acá desde noviembre del 2014.

Respuesta
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Creo que has mezclado conceptos. Cuando eres familiar de un ciudadano de la unión (y si no solo es España sino la unión europea) puedes solicitar el permiso de residencia para periodos superiores a 3 meses (que este seria el de turismo)

Independientemente de tu situación actual, una vez efectuado el matrimonio y cumplir los requisitos, se te expedirá el permiso de residencia por familiar de comunitario.

El matrimonio legaliza esa situación que comentas.

Hola Víctor, muchas gracias por tu pronta respuesta, sin embargo, sigo con la duda ya que entre los requisitos dice esto...

  • Plazo de presentación: tres meses contados desde la fecha de entrada en España. Se entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
  • (Ya tengo más de tres meses en España) Existe algún problema con eso o no es limitante al momento de realizar la solicitud de la tarjeta.?

Entiendo esa frase como que si el tramite es solo aplicable antes de los tres meses... no se si me explico.

Es un poco más complejo, pero es un matiz que has de tener en cuenta.

Nunca el gobierno, y menos en un escrito, admitirá una situación irregular, por lo que en las normas el planteamiento es, entras en España legalmente, y presentas tu solicitud antes de expirar ese plazo, dado que así extiende tu situación legal, hasta disponer del permiso de residencia, de esta manera todo queda dentro de un marco legal.

Tu caso es atípico, o así debería serlo, dado que en situación irregular, se debería tramitar un expediente de expulsión. El problema radica, en que si tu aportas tu matrimonio, aunque estés en una situación irregular, pesa más tu condición de familiar de ciudadano de la unión, por lo que una expulsión no tendría sentido, a no ser que no se cumplan los requisitos de que pueda mantener tu pareja la unidad familiar.

Ya se que es complejo, pero nunca verás una norma escrita de una situación irregular, solo interpretación de la ley, por lo que, de buena fé, y si estáis casados, da más peso a regularizar esta situación, de forma positiva.

En mi caso me casé en origen, y tuve que cambiar mi objetivo del viaje a uno definido que era el matrimonio, no me obligaron a salir del país, solicitar el visado y volver a entrar, solo expedir el visado.

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