Casamiento con un comunitario

Quería contar mi caso .. Yo llevo 3 años con mi novio y hemos decidido casarnos, e irnos a vivir el próximo año a inglaterra. Los dos vivimos en España, él es italiano (o sea residente europeo), yo en cambio soy argentina.
Lo que queríamos saber es si una vez casados yo a través de él, puedo obtener residencia o algo para poder residir en inglaterra, ya que ahora de soltera solo tengo residencia española. Y no quiero irme sin residencia a vivir a inglaterra
necesito información y que derechos obtengo una vez casada-

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Según la directiva europea DIRECTIVA 2004/38/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 29 de abril de 2004, una vez casados tendrás los mismos derechos que tu marido en cualquier estado miembro de la union europea mientras residas junto a el o te vayas a reunir con el, es decir que sola no podrías acogerte a la misma.
Según la misma dice:
Artículo 9
Trámites administrativos para los miembros de la familia
que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro
1. Los Estados miembros expedirán una tarjeta de residencia
a los miembros de la familia de un ciudadano de la Unión que
no tengan la nacionalidad de un Estado miembro cuando el
período de residencia previsto sea superior a tres meses.
2. El plazo para presentar la solicitud de expedición de una
tarjeta de residencia no podrá ser inferior a tres meses a partir
de la fecha de llegada.
3. El incumplimiento de la obligación de solicitar la tarjeta
de residencia podrá conllevar para la persona interesada
sanciones proporcionadas y no discriminatorias.
Para la expedición de la tarjeta de residencia, los Estados
miembros exigirán la presentación de los documentos
siguientes:
a) un pasaporte válido;
b) un documento que acredite la existencia de parentesco o de
unión registrada;
c) el certificado de registro o, a falta de sistema de registro,
cualquier otra prueba de residencia en el Estado miembro de
acogida del ciudadano de la Unión al que acompañen o con
el que vayan a reunirse posteriormente;
d) en los casos contemplados en las letras c) y d) del punto 2
del artículo 2, la prueba documental de que se cumplen las
condiciones previstas en dicha disposición;
e) en los casos contemplados en la letra a) del apartado 2 del
artículo 3, todo documento expedido por la autoridad
competente del país de origen o procedencia que certifique
que están a cargo del ciudadano de la Unión o que vivían
con él en ese país o la prueba de la existencia de motivos
graves de salud que requieran estrictamente que el ciudadano
de la Unión se haga cargo del cuidado personal del
miembro de la familia;
f) En los casos contemplados en la letra b) del apartado 2 del
artículo 3, la prueba de la existencia de una relación estable
con el ciudadano de la Unión.
Ahora bien en lo único que no te puedo ayudar es en la entrada al reino unido, ya que el mismo es una frontera exterior no pertenece al acuerdo SCHENGEN de supresión de fronteras por lo que desconozco si un ciudadano/a argentino/a necesita visado para acceder al país UK, por lo que le recomiendo ponerse en contacto con el consulado en esta página y gestionar si procede tanto la entrada en el país como la documentación necesaria para tramitar el permiso de residencia de familiar de comunitario, aunque con el permiso de residencia de españa no tendría problema para cruzar la frontera.
http://ukinspain.fco.gov.uk/es/
Para más dudas aquí estaré
Ah, entiendo lo del acuerdo SCHENGEN, voy a intentar averiguarlo bien!
Perdón, pero en el caso de que me case con mi novio (italiano), ¿yo recibo residencia comunitaria?, ¿Cuánto tiempo después de casada tengo que esperar para tramirtarl?
Indiferentemente de que nos vayamos a inglaterra o a cualquier parte de europa..
Muchísimas gracias
Lo del acuerdo SCHENGEN es que UK no es una frontera comunitaria, aun perteneciendo a la union europea, entonces como es una frontera exterior debes viajar con pasaporte, pero adjuntando la tarjeta de residencia de españa no creo que tengas problema aun así preguntalo en la web que te mande.
Usted recibe la residencia de familiar de comunitario desde el momento que contraigan matrimonio, y el tramite es inmediato, también le indico que si se casan aquí en españa deben registrar su matrimonio tanto en el consulado de argentina de españa como en el consulado de italia de españa.
Con el permiso de residencia español puede viajar por toda europa, pero con el permiso de residencia de familiar comunitario, con su marido pueden residir en cualquier país de la union europea con el único requisito que registrarse en la oficina de extranjeros de ese país.

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