El tejado de mi vecino, ¿Puede sobrevolar el mio?

Mi pregunta va dirigida a un experto en normas urbanísticas y construcción, ya que se me presenta la siguiente incógnita.

Hace tiempo, adquirí una segunda vivienda en un pueblo de la provincia de Ávila, y las personas que se ocupan de su mantenimiento durante mi ausencia, me avisaron que el vecino de la parte posterior a mi vivienda tenia la intención de construir y apoyar sobre mi pared, que no es medianera, sino de mi propiedad.

Acudí al lugar, y mantuve contacto con el vecino interesado negándome a sus pretensiones, afirmándome que estaba equivocado en sus pretensiones y que no apoyaría sobre mi propiedad, que tenia solicitado el preceptivo proyecto de obra y licencia municipal y que estuviera tranquilo, que no tendríamos problemas.

Actualmente, vuelven a avisarme, de que efectivamente a construido una especie de cabaña de madera, cuyos pilares de madera, sí que están sujetos a mi pared por medio de abrazaderas de hierro, que se eleva sobre mi propiedad 50 cm, y que además, el alero de su tejado (manteniendo su inclinación de vertido de aguas sobre su propiedad) sobrevuela mi tejado unos 40 cm.

Mis preguntas son: ¿Tiene derecho a anclar los pilares de la cabaña sobre mi pared?...¿Puede sobrevolar el alero de su tejado sobre el mío? En ambos casos, puede crearme algún tipo de daños, dependencia o servidumbre sobre mi predio sirviente.

Dado que no deseo en ningún modo, ningún tipo de reclamaciones ni enfrentamientos innecesarios, pero tampoco que me tomen por tonto, y que en el futuro pueda perjudicarme, les agradecería cualquier tipo de información al respecto.

Con todos mis agradecimientos, Atte. Víctor Manuel Vinuesa [email protected]

2 respuestas

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Si la pared es de su propiedad, el vecino no tiene ningún derecho a colocar nada sobre ella ni tampoco volar ningún elemento arquitectónico.

Tiene varias opciones:

1.- Volver a hablar con el vecino y desista de su actuación.

2.- Ponerse en contacto con un letrado y sea él quien mande el escrito al vecino(ha veces funciona bien)

3.- Denunciar directamente (antes agotaría las anteriores opciones)

De todas formas debería de informase bien si realmente no es medianera. Tenga en cuenta que pasado una series de años, queda establecida la servidumbre( en el código civil viene reflejado)

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Despues de leer el tema voy a tus preguntas.

¿Tiene derecho a anclar los pilares de la cabaña sobre mi pared? NO

No es de su propiedad como bien dice, si fuera medianera que se puede decir de ambos y aun así tendría que pedir por lo menos por ética consentimiento o comentarlo, como no es así es suya y no puede anclar nada ¿problemas? Que se raje la pared por movimientos de dichos pilares o por alguna rigidez entre ambos, siendo la zona de Ávila a lo mejor posible humedades, etc.. se a perforado y puede entrar algo si no esta bien realizado, prevenir no cuesta nada pero como no sabe como han trabajado hay que tenerlo en cuenta.

¿Puede sobrevolar el alero de su tejado sobre el mío? SI

Siempre que este dentro de su propiedad y si no existe ninguna norma para que todos estén a una misma altura, por estética, materiales, colores, etc.. como de una comunidad se tratara. Si no hay nada dentro de su propiedad puede hacer lo que quiera, si no hay nada estipulado. Si al final es un tejado más alto o elevado que el otro y la inclinación es la correcta. No se puede hacer nada. Es su propiedad y si no hay nada estipulado, poco que hacer.

Ahora si esa altura perjudica en algo es otra cosa, si cae el agua a su zona, aunque sea poca, si cae sobre su pared (medianera), si estuviera o entrara para en su propiedad otra, si la inclinación hiciera que el agua vaya a su tejado, etc.. cosas de ese estilo tendría que hacer algo.

Si no hay nada de esto lo único y por estética podrían haber pillado la misma altura, que menos.

Por otro lado le dejaría claro al vecino una vez verificado si cae agua en su propiedad o no por ese desnivel de altura, de que a fijado soportes a su pared y si esto conlleva a futuros problemas como agrietamientos en la pared, posibles filtraciones de humedad, ojo al respecto.

Para finalizar es que sepa si esa pared es suya 100%, porque está o porque se hizo, si esta reflejada en algún sitio, motivo, etc. si es una cabaña cerrada o ampliación estilo cabaña con la casa, preguntaría sobre el proyecto de obra y licencia, en urbanismo podrían sacarle de dudas, ¿tendrá qué pagar más? ¿Lo habrá hecho? Hasta incluso comentar sobre su medianera.

Espero haber ayudado en algo y si cree que se vea algo suba unas fotos o cualquier cosa que crea.

¡Gracias! 

Estimados expertos:

Hace tiempo, mande una pregunta dirigida a un experto en derecho o normas urbanísticas y construcción, ya que se me presentaba la siguiente incógnita cuya respuesta no me quedo lo suficientemente clara.

Preguntaba lo siguiente:                                                                                                            Hace tiempo, adquirí una segunda vivienda en un pueblo de la provincia de Ávila, y las personas que se ocupan de su mantenimiento durante mi ausencia, me avisaron que el vecino de la parte posterior a mi vivienda tenia la intención de construir y apoyar sobre mi pared, que no es medianera, sino de mi propiedad.

Acudí al lugar, y mantuve contacto con el vecino interesado negándome a sus intenciones, afirmándome por su parte que estaba equivocado en sus pretenciones y que no apoyaría sobre mi propiedad, que tenia solicitado el preceptivo proyecto de obra y licencia municipal y que estuviera tranquilo, que no tendríamos problemas.

Actualmente, vuelven a avisarme, de que efectivamente a construido una especie de cabaña de madera, cuyos pilares de madera, sí que están sujetos a mi pared por medio de abrazaderas de hierro, elevandose sobre mi propiedad. Y que además, el alero de su tejado (manteniendo su inclinación de vertido de aguas sobre su propiedad) sobrevuela sobre mi tejado considerablemente.

Mis preguntas son: ¿Tiene derecho a anclar los pilares de la cabaña sobre mi pared?....¿Puede sobrevolar el alero de su tejado sobre el mío? En ambos casos, puede crearme algún tipo de daños, dependencia legar o servidumbre sobre mi predio sirviente. Verdaderamente no sé lo que debo hacer, ya que el tema no lo veo nada claro, y para solo unos meses en que uso la vivienda no deseo en ningún modo, ningún tipo de reclamaciones ni enfrentamientos innecesarios, pero tampoco que me tomen por tonto, y que en el futuro pueda impedirme elevar mi propiedad en caso de desearlo, o cualquier otro perjuicio o servidumbre.

Ya que en el codigo civil no veo nada claro el asunto, les agradecería de su experiencia, cualquier tipo de información al respecto.                                                                                  Por favor, podrían ayudarme. Con todos mis agradecimientos, Atte. Víctor Manuel Vinuesa [email protected]

PD: Les adjunto dos fotografias que muestran la edificación do sobre mi vivienda.

Como le comente y ya le han contestado tiene varias vías contra dicha obra a nivel judicial. En mi respuesta pensé que la obra estaba realizada como paralelas como si de bungalow se tratara un al lado del otro, no se si me explico correctamente, no como lo veo en las fotos. Su pared es suya y no pueden tocarla y menos perforar, problemas los ya comentados y parece madera lo que han construido. Si no quiere problemas ni acciones legales, déjelo estar, de lo contrario puede ir contra el perfectamente ¿abra pedido permiso de obra para eso? Encima lo ha levantado bastante, no es que le vaya a perjudicar pero si en un futuro usted quisiera elevar que hace corta lo de el para ponerlo más alto o al mismo nivel, que es lo que pienso que tendría que haber realizado esta persona respetando las inclinaciones a uniendo ambas bajo la responsabilidad de este y menos perforar su pared. Creo que en un futuro según ha usted le puede perjudicar si quiere elevar y a parte de las perforaciones. Existen pueblos o lugares donde solo permiten cierta altura de construcción hasta incluso por zonas de la población para respetar ciertas cosas a nivel urbanístico. Yo preguntaría en urbanismo haber que le cuentan, leyes, normativas, etc.. licencia de dicha obra y preguntaría hasta por el material de dicha contrucción si es de madera como veo. Todo esta en sus manos, sitios a preguntar, sacar informacón, problemas del futuro ya comentados, acciones legales, etc.. o pasar de todo y hablar con el vecino dejando las cosas claras y posibles problemas que puedan surgir, a lo mejor que fuera un arquitecto a valorar el tema, sacar un informe, preguntar, enseñar las fotos en una cita, etc.. pueda que le aclaren el tema si vale la pena calentarse la cabeza con esto.

Muchas gracias por su pronta respuesta aclaratoria, que creo que me ha quedado clara.

Debe perdonarme por mi falta de comprensión anterior, pero soy una persona mayor que a veces me cuesta entender con rapidez y sobre todo, que ignoro que medidas tengo que tomar.

Seria tan amable de ampliarme la información sobre los siguientes temas.

¿Está permitido, el sobrevuelo de voladizos sobre otra vivienda?

Si está permitido ¿qué reglamentos los regulan, y cuales son sus medidas?

Si no está permitido, en caso de tolerarlo y no denunciarlo ¿puede crearme en un futuro, algún tipo de servidumbre o dependencia?

¿Que pasaría, si en un futuro yo decidiera elevar mi vivienda?

Dándole las gracias nuevamente, reciba el testimonio de mi consideración.

PD: Adjunto ms fotografías del sobrevuelo de mi tejado

Sus preguntas las obtendrá todas en el ayuntamiento y la dependencia de urbanismo ¿por qué? Cada municipio, localidad, ciudad, provincia, etc... tienen sus propias NORMAS URBANISTICAS MUNICIPALES ¿qué quiere decir? Ellos son los que ponen las normas, en las obras, condiciones, alturas sean edificios de comunidad o casas unifamiliares, por ejem pueden poner que según zonas del municipio no supere los 9 metros o los 7 o los que sean, que los materiales sean estética mente iguales o similares, que los voladizos sean de una altura u otra, los salientes, vierte aguas, recogida de aguas pluviales, prohibición de construcción de materiales no seguros ejemplo el fuego, edificación con similitud a la zona urbanística ejemplo zonas llamadas como casco antiguo o viviendas históricas o antiguas reconocidas por el municipio donde tiene sus normas, también existen normas de por grado numeradas unifamiliares, cerramientos que un tanto por ciento tiene que ser de un material X, bien aluminio, cristal, madera, etc... pero acompañado de otros materiales de seguridad o sujeción con la normativa de edificación y así muchas normas que solo usted puede solicitar y están obligados a facilitar, a su vez puede decir a quien este allí que vaya a preguntar y que le den dicha información y exponer el tema de la construcción, altura, cerramiento que han realizado. Enseñando las fotos. Solo así sabrá si la obra fue permitida por ellos ya que tendría que haber solicitado un permiso de obras en el cual conlleva que dicha persona tendrá que informa de la nueva obra, metros cuadrados de su nueva vivienda ya que a partir de ese momento tiene más metros de vivienda y tendrá que pagara más, los cambios de papeles tiene un coste y no son baratos y dependiendo de si esta todo bien realizado por el vecino y dentro de las normas municipales, poco queda que hacer mas reclamar porque el voladizo de dicha obra le perjudica a usted en el dia de mañana cuando usted quiera elevar altura ya que este tendría que cortar su parte y usted unirla o elevarla como lo ha realizado el, legal o no solo lo sabrá solicitando dicha normativa y para adelantar exponiendo el caso.

RESUMIENDO:

¿Está permitido, el sobrevuelo de voladizos sobre otra vivienda?

SI o NO dependiendo por un lado con la normativa municipal mirando el tema alturas, estética de la zona urbanística de la construcción, añado material que se ve en la foto de la obra. Por otro lado mientras este realizado como se ve en la foto, con su inclinación que no le perjudica a usted con el tema lluvias, podrían haber puesto una canal por si acaso de la recogida de aguas que a lo mejor esta por el otro lado ya que estas no pueden caer a la calle, también depende de la normativa por que hay de todo en todos los lados. Por estética por lo menos haber mantenido la misma altura de usted por igual para evitar estas cosas, por eso digo SI o NO por que para poder reclamar solo lo sabrá con la normativa ya que este no le va a perjudicar

Si está permitido ¿qué reglamentos los regulan, y cuales son sus medidas?

Volvemos a lo mismo NORMATIVA URBANISTICA MUNICIPAL, medidas, salientes, alturas, estética, etc.. todo en ese documento.

Un ejemplo:

Los vuelos abiertos tendrán un ancho máximo de 0,50 m, y no podrán realizarse como prolongación del forjado, siendo el canto máximo de 0,15 m. La anchura máxima será de 0,50 m

Si no está permitido, en caso de tolerarlo y no denunciarlo ¿puede crearme en un futuro, algún tipo de servidumbre o dependencia? ¿Qué pasaría, si en un futuro yo decidiera elevar mi vivienda?

Usted no podrá elevar por que este saliente le esta perjudicando, tendría que contar y realizar el mismo trabajo que el, pasar por encima o unir las dos inclinaciones (tejados) cada una a su lado correspondiente, ahora falta que quiera ¿se lo permitirá esta persona? ¿Los gasto los paga usted? ¿Tendrá problemas en un futuro con esta persona en caso de querer hacerlo? ¿Por qué perforo su pared?

Bueno esto es todo y espero haberle ayudado.

Muchas, muchas gracias por su amabilidad y paciencia en su explicación, me ha ayudado enormemente en la comprensión total del problema y en la decisiones a tomar respecto al mismo, haré un viaje expreso al ayuntamiento para solucionar el tema y tomar una decisión respecto al vecino.

Permítame reiterarle el testimonio de mi más alta consideración.

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