Que pasos debo seguir para que me asignen una discapacidad?

Me han intervenido de una doble artroplastia cervical hace 5 meses. He tenido síntomas durante 2 años hasta que me han operado y ahora que ha transcurrido un tiempo de la operación vuelvo a empezar a tener síntomas y claro, no puedo trabajar. Soy administrativo y precisamente lo que mas sufre en mi trabajo son mis cervicales. Quisiera saber que pasos debo seguir para que me asignen una discapacidad del X % que me corresponda (si es que procede) y que documentación debo aportar, porque claro, la mayoría de pruebas medicas que tengo son de antes de la operación, ahora están empezando a hacerme pruebas de nuevo pero solo tengo una resonancia y varias radiografías. ¿Qué pasos debo seguir a partir de ahora? ¿Es conveniente que contrate un abogado? ¿Será muy complicado que consiga mi propósito?

También tengo una hernia lumbar, provocada por un accidente de trabajo, que me impide dedicarme a otros trabajos mas duros.

Respuesta
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Sobre si procede el reconocimiento de una discapacidad o minusvalía (no confundirlo con incapacidad permanente), entiendo que sí. La discapacidad se debe reconocer ante la existencia de lesiones, independientemente de que afecten o no al trabajo que se desempeña o a cualquiera (a diferencia de la incapacidad permanente).

Sobre si es complicado conseguirla, deben reconocerle un porcentaje. Sobre si es complicado conseguir el propósito, depende. Le pueden reconocer el porcentaje X pero resulta que el reconocido no es suficiente atendiendo a su estado, de forma que hay que pelearlo. Sobre qué porcentaje le pueden reconocer, imposible saberlo. Hay que echar los dados, esperar y pelear si es insuficiente.

Sobre si debe usted acudir a un abogado, puede que mi respuesta no la vea usted objetiva puesto que soy abogado laboralista. Ahora bien, intentaré ser objetivo. Si bien la iniciación del procedimiento es sencilla y puede realizarla usted por sí mismo (se debe rellenar la oportuna solicitud y acompañar la documentación oportuna), no menos cierto es que, muy probablemente, la resolución haya que recurrirla (a través de la llamada reclamación previa), en cuyo caso, y a pesar de que la ley no obliga a que intervenga un abogado, sí es muy conveniente que éste la redacte, pues ya entramos en un terreno de fundamentación en derecho, jurisprudencia, experiencia y otros factores a tener en cuenta. Sería absurdo recurrir alegando que "no se está de acuerdo con la resolución recaída" sin más.

Por otro lado, y aunque usted no lo pregunta, habla de una hernia que le impide realizar trabajos más duros. Aquí entra en juego la incapacidad permanente. A diferencia de la minusvalía, para la incapacidad permanente hay que ver si las lesiones le impiden o le restan capacidad para trabajar, en lo suyo o en cualquier otro trabajo. Ésta es más beneficiosa a efectos económicos pues, a diferencia de la minusvalía, ésta otorga un derecho a percibir una pensión económica mensual. En este caso sí le recomiendo que desde el principio cuente con abogado, pues es un procedimiento más complejo.

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