Embargo de herencia sin registro de la misma en el registro de la propiedad

Voy a recibir una herencia de mis abuelos de una casa y una finca. Ni la casa ni la finca actualmente no están registradas en el registro de la propiedad, solo figuran a nombre de mi abuelo en el catastro. ¿Es obligatorio cuando yo lo reciba inscribirla en el registro de la propiedad? Es que actualmente debo unos prestamos personales, los cuales no he dejado de pagar en ningún momento, pero si tengo cierto retraso y voy pagando como puedo, la mayoría son tarjetas de crédito de no más de 2000€ cada una, pero si tengo 3 prestamos personales, de los cuales adeudo a día de hoy, 9000€, 12.000€ y 3200€ respectivamente. Como he dicho los estoy pagando pero debido a la situación que tengo ahora voy con retraso y unos meses pago más cantidad que otros. LLegado el momento, ¿si deciden demandarme y no tengo registrada ni la casa ni la finca en el registro mercantil me la podrían sacar directamente? Habría otras soluciones antes de que me embarguen, me refiero a algún acuerdo de pagos o ir pagando según pueda... ¿por préstamos personales sin ser hipoteca me podrían echar de mi casa o simplemente podrían anotar el embargo para que no pudiera venderla o que en caso de venderla figuren cargas pero yo poder seguir viviendo en ella?

3 Respuestas

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Si las fincas no están inscritas no podrán embargar, ahora bien, mi consejo es que las inscribe, mas concretamente inmatricule, es decir que accedan por primera vez al Registro. Puede ocurrirle que tenga problemas de titularidad.

Entiendo su problemática con los préstamos pero quizás con lo que recibe por herencia pueda sanear y arreglar su economía.

Si quiere que le asesoremos debidamente estoy a su disposición.

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Ante todo debe saber que no es obligatoria la inscripción en el Registro.

Por otra parte si esos inmuebles no están registrados ahora lo primero que tendrá que hacer es un expediente para inmatricularlos, si no tiene problema de que alguien pueda reclamar un derecho sobre ellos tampoco le corre prisa esa inmatriculación, por otra parte le proporcionará un cierto respiro en cuanto a sus créditos.
Si no está registrada no se puede hacer ninguna anotación de embargo u otra medida preventiva.

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Te pueden embargar perfectamente...

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