Matrimonio sin hijos y sin padres vivos, fallece uno ..¿Quien hereda?

Ha fallecido mi tio recientemente y mis preguntas son:

Matrimonio sin hijos, y sin padres vivos.

Mujer, tiene bienes de una herencia de sus padres

Y el marido, tiene también bienes recibidos de una herencia de sus padres y un hermano,

Ambos tienes unos bienes gananciales,... No sé cuáles...

Mi tia, osea su mujer, tiene una hermana (mi madre) y somos tres sobrinos.

Mi tío, el marido, tiene hermanos y muchos sobrinos...

Preguntas:

Si no tiene testamento hecho, ¿quién recibe toda la herencia, tanto los bienes privativos como los gananciales?

Si tiene testamento, ¿qué parte la corresponde a mi tía? Vamos que habrá una parte que por ley la corresponda, ¿no?

2 respuestas

Respuesta
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Si no hay testamento quien o quienes consideren que tienen derecho a esa herencia deberán acudir al Juzgado para instar una declaración de herederos y será el Juez quien declare el o los que tienen derecho a esa herencia.

Si hay testamento habrá que atenerse a sus disposiciones

No entiendo de leyes, pero habrá alguna disposisción en el Código Cilvil que diga a quien corresponderá. Pues he leído por ahí alguna nota de prensa, en la que dice que corresponde al cónyuge vivo la herencia en su totalidad, a no ser que halla testamento...

Y, digo, no sé, que una parte, aún habiendo testamento, que por ley, le corresponda a la viuda/o....

Pensé que esto se contemplaría en el Códgio Civil, y que me lo podría decir

Disculpe por las molestias, un saludo

No nos dice si esa herencia esta sometida a algúrn derecho foral. El Código civil en el caso de que no lo esté regula quienes son herederos, pero si no hay testamento lo tendrá que declarar un juez.

Si hay testamento el notario asesoró en el momento de hacerlo para que se respetarn los derechos adquiridos.

En el Código civil una persona son padres y sin hijos no tiene herederos forzosos

Conforme al Código Civil, si no hay testamento: No existiendo descendientes ni ascendientes el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de los dos tercios de la herencia. .....

Esto es lo que me acada de comentar ud. pero en que art o disposición se menciona esto??

Es transcripción literal del art 837 del CC

Respuesta
1

En cualquier caso, la viuda tiene derecho a la mitad de los bienes que se le pudieran atribuir al difunto.

Sobre la otra mitad de los bienes el difunto hubiera podido disponer libremente de su parte, caso de no haberlo hecho, es el herman@ quien se queda esa parte.

Y, efectivamente, en caso de no haber testamento se tendría que acudir al Juzgado para hacer la "Declaración de herederos" (identificar las personas llamadas a la herencia).

Más información en [email protected]

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