Contencioso administrativo o social
Hola:
Si la empresa no me practica retención por los salarios de tramitación y debería hacerlo porque lo dice el art. 87 del IRPF ¿dónde denuncio? He presentado un escrito a la Agencia Tributaria, también una reclamación a inspección de trabajo porque no me facilitan las nominas de esos salarios de tramitación (si no me las facilitan puede ser porque no me hayan retenido.
Me pongo en el peor de los casos y es que la Agencia Tributaria no entre en el asunto a pesar de que la empresa incumpliría la ley y seria un fraude.
De no entrar hacienda ¿dónde se denunciaría en lo Social o en el Contencioso Administrativo?
Si la empresa no me practica retención por los salarios de tramitación y debería hacerlo porque lo dice el art. 87 del IRPF ¿dónde denuncio? He presentado un escrito a la Agencia Tributaria, también una reclamación a inspección de trabajo porque no me facilitan las nominas de esos salarios de tramitación (si no me las facilitan puede ser porque no me hayan retenido.
Me pongo en el peor de los casos y es que la Agencia Tributaria no entre en el asunto a pesar de que la empresa incumpliría la ley y seria un fraude.
De no entrar hacienda ¿dónde se denunciaría en lo Social o en el Contencioso Administrativo?
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Respuesta de joseaf2
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