Debo pagar una multa

Mi nombre es Mónica y necesito saber si tengo la obligación de pagar una multa del 2011, que ha llegado al domicilio donde estoy empadronada desde hace 7 años en Febrero del 2013, en Barcelona, esta multa si llego a mi antiguo domicilio con anterioridad a Valladolid no se firmo la carta certificada, llevo en este domicilio actual con los datos del coche y empadronamiento 7 años. La multa es por ir a 60km en zona limitada a 50km, no tengo foto de radar ni datos de fecha ni día de como o donde ocurrió, debo pagar o recurrir.

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Puede usted recurrir la multa.

Si usted tenía su domicilio correctamente indicado en sus documentos y en el padrón, el error puede haber sido de correos o de tráfico, pero nunca puede ser su culpa si no recibió la notificación en su momento.

La multa que ha recibido está prescrita y por lo tanto esto es lo que debe pedir en el recurso: la prescripción por haber transcurrido, aportando la documentación necesaria que acredite que su domicilio, en sus documentos y en el padrón hace 7 años que es el mismo.

Base jurídica del recurso:

"Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Artículo 92. Prescripción y caducidad.
1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves.
El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.

Siguientes y concordantes del mismo texto legal y demás de pertinente aplicación."

Para el modelo del recurso y la información básica de como interponerlo y donde:

<a>http://www.lopezcollado.es/respuestas/administracion-publica/como-recurrir-ante-la-administraci%C3%B3n/</a>

http://www.lopezcollado.es
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