Multa radar. Me paran. Matrícula y coche de multa distintos del mío. ¿Cabe recurso?

Me han puesto una multa de radar y me han parado. En la multa reza una matrícula útil un modelo y marca de coche distinto del mío. En la foto saldrá la matrícula de mi coche, pero como es distinta de la de la multa test instinto coche. ¿Es puede recurrir por defecto de forma?

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Si, puede recurrir perfectamente.

Pero el defecto de forma es subsanable, y eso significa que en el recurso no se discutirá si la sanción está bien impuesta, sino solamente que hay divergencia de datos entre una sanción y otra. Y entre unos datos y otros, los más fidedignos serán los que consten en la fotografía.

A menos que pueda construir sus alegaciones en base a una duda sobre qué vehículo cometió la infracción, se subsanarán los datos erróneos y una vez rectificados tendrá que pagar la sanción.

Pero aún así le aconsejo que recurra. Dependiendo del exceso de velocidad la sanción puede ser grave o muy grave (ver tabla) y el plazo de prescripción de las sanciones es de 6 meses para las graves y 1 año para las muy graves. Si en la tramitación del recurso, el procedimiento sancionador queda inactivo durante el tiempo de prescripción que corresponda a su clase, la multa estará prescrita y no tendrá que pagarla.

Si no recurre, el expediente sancionador se tramitará como abreviado y podrá beneficiarse de la reducción del 50% del importe de la multa.

En caso de recurso se seguirá como procedimiento ordinario y no podrá beneficiarse de reducción alguna.

Motivos para recurrir tiene, pero si el expediente se tramita correctamente, al final tendrá que pagar.

Ver: como recurrir, plazos y modelos de recurso.

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