Cesión asociación

Queremos dar de baja una asociación, tengo claro que tenemos que hacer una acta de cese y presentarlo en el registro. Lo que me preocupa es como dar de baja en hacienda pues no hemos llevado bien las cuentas y hay muchas irregularidades, temo que al ir a dar de baja nos hagan una investigación. La asociación no ha tenido mucho movimiento económico pero lo justo para mantener los gastos, lo que pasa es que los gastos no se pueden justificar pues en la mayoría de casos no hay facturas por descuido y mala organización, en fin un desastre y por eso la vamos a cerrar y cada uno a lo suyo.

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La cuestión parece compleja pero no lo es tanto. Hay varias opciones. Una es disolver la asociación y presentar un acta de disolución. En Hacienda suelen ser comprensivos con este tipo de situaciones y si no se han generado grandes entradas ni grandes gastos lo dejan correr. Otra es cambiar los estatutos y declararla asociación sin ánimo de lucro, introducir los nuevos estatutos en el registro de asociaciones, disolverla una semana más tarde por acuerdo de la mayoría mediante un acta firmada y dejarla morir sin realizar declaraciones porque al no tener ánimo de lucro se considera que no genera ganancias, sólo gastos que se compensan con las entradas de forma ponderada. Otra es desaparecer del mapa y ya está, aunque esta última puede estar sujeta a investigaciones.
Ánimo y suerte.
Vale, entonces el acta de disolución se presenta en el registro de asociaciones y también en hacienda, ¿no?
Por otro lado, en nuestros estatutos ya consta que somos sin ánimo de lucro y exentos de iva. En este caso ¿qué hacemos, la dejamos morir y ya?
Muchas gracias
Pues entonces lo tenéis bien (so sois una asociación sin ánimo de lucro). Las opciones que se os presentan son múltiples y os relato desde las más legales hasta las menos y desde las más burocráticas hasta las menos:
1-Redactáis un Acta de Disolución (en realidad, cuatro iguales o una y la pasáis por Notario -no merece la pena y es caro) siguiendo lo que dispongan los Estatutos de la Asociación y con una mayoría de miembros con derecho a voto. La firmáis debidamente por cuatriplicado (una para vosotros, Otra para el Registro de asociaciones, otra para Hacienda y otra como respaldo por si se necesita, que nunca se sabe y en cada autonomía piden cosas diferentes). Al ser una Asoc. Sin ánimod e lucgro, adjuntáis un escandallo o estadillo de arqueo de caja con las entradas y salidas del último año procurando que el resultado quede a cero y una fotocopia o certificado bancario de que la cuenta supeditada a la Asociación también está a cero. Eso debiera bastar.
2-Redactáis el Acta de Disolución y lo dejáis morir. Posiblemente no suceda nada de nada porque hacienda tiene empresas más lucrativas de las que ocuparse y una entidad sin ánimo de lucro que no tiene entradas ni salidas espectaculares no crea problemas.
3-Hacéis una elección de nueva junta directiva y registráis el acta en el registro de asociaciones, escogiendo nombres, direcciones y DNI ficticios y dejáis que se muera la asociación. Si alguien pide responsabilidades se las pedirá a alguien que no existe y... No es muy legal, pero es otra forma que a veces se usa para eludir responsabilidades y, sobre todo, papeleo.
La idea principal es que hacer las cosas bien no siempre es más caro pero en ocasiones comporta bastante papeleo. Hacerlas mal es más cómodo y aventurero (sinónimo, en ocasiones, de arriesgado) y trae menos quebraderos de cabeza. Yo aconsejo hacerlo bien porque uno se queda más tranquilo.
Como pista, hace varios años crees 14 asociaciones sin ánimo de lucro. Eran clubs de tipo cultural. Los di de alta en el registro y desde entonces no ha habido ningún tipo de intervención ni registro ni carta oficial. Nadie se suele dedicar a asociaciones sin ánimo de lucro habiendo macroempresas y profesionales que estafan y facturan en negro.
No os preocupéis y adelante.

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