Incapacidad permanente total

Preguntar que tengo unaincapacidad permanente total desde el 21-06-2011 que me arreglo la mtua de trabajo puesto que después de un año de baja el medico de la mutua me decía que en mi situación no podía realizar los trbajos que venia haciendo, que me arreglaba la incapacidad y queue a partir de ahí pues intentera que me reclocaran o buscarme otro trabajo adecuado a mi situación, pregunta es si con esta incapacidad y si me llaman a revisión como pone en la resolución de la seguridad social que seria a partir del 01-060-2013 prácticamente los dos años esi me la pueden quitar, las lesiones que tengo no hay previsión de mejora o se mantendrían o mas bien tienen tendencia ha empeorar, si me pudiera orientar porque como esta la esituacion y con lo que me ha quedado estoy preocupado gracias un saludo.

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Cuando el INSS a través de los informes del equipo de valoración de incapacidades (EVI) concede la incapacidad permanente total a un trabajador mientras este en esa situación y hasta que no cumple la edad de la jubilación, el EVI citara al pensionista cada dos años mas o menos, para realizara revisiones por mejoría agravamiento o error de diagnostico, y hasta que el pensionista no cumpla la edad de la jubilación edad en la que la denominación de pensionista por invalides se mundifica para pasar a denominarse pensión de jubilación, el EVI puede modificar el grado de incapacidad, si la persona incapacitada evoluciona favorablemente rebajando el grado de incapacidad y llegando incluso a darle el alta medica por mejoría, pueden aumentar el grado de incapacidad hasta el grado máximo(gran invalidez) por agravamiento, o pueden corregir el grado de incapacidad si el EVI, se confunde en el diagnostico del trabajador, teniendo que corregir dicho error.. Por lo tanto no tienes por que preocuparte porque tengas que pasar revisiones cada dos años hasta que te jubiles porque las revisiones se hacen a todas las personas con incapacidad permanente, hasta la edad de la jubilación y de la misma forma que te pueden dar el alta medica por mejoría también te pueden modificar el grado de incapacidad total por el de la absoluta o el de gran invalidez si en vez de mejorar o permanecer estable se produce un empeoramiento, así que no tienes porque preocuparte porque si no puedes volver a trabajar realizando tu profesión habitual, podrás compatibilizar la pensión con otro trabajo diferente al que realizabas habitualmente pero por esa razón no te pueden quitar la pensión..

algo de lo que me dices lo tengo claro,si te dieran el alta medica tepueden mandar a trabajar?es la duda que me queeda decirle que mejoría no esta contemplada por el tipo de lesión que tengo incluso estuve en lista de espera pero ante las porcas posibilidades de mejoría son pocas decidí borrarme y guantar como estoy,la aclaración en saber si te ppueden queuitar la pensión o no que es lo que me tiene de los nervios ya que no estoy bien pero la esituacion que tenemos me preocupa gracias un saludo.

Para que te den el alta medica tienes que mejorar considerablemente pero también puedes empeorar y en vez de seguir con la incapacidad permanente total te tienen que modificar el grado de incapacidad de permanente total a permanente absoluta, que puedes solicitar tu si ves que la situación lejos de mejorar va cada vez a peor.. Mira si te han dicho o estas convencido de que no vas a poder volver a trabajar en lo que hacías cuando te concedieron la pensión por incapacidad, no tienes por que preocuparte, pero tampoco quiero evadirme de tu pregunta y la respuesta es que, si te dan el alta medica no te queda otro remedio que incorporarte al trabajo si es que sigues manteniendo la excedencia de los dos años a partir de la fecha del reconocimiento de la incapacidad permanente, o impugnar el alta por mejoría vía administrativa ante la dirección provincial del INSS o por la vía judicial si la reclamación administrativa es desestimatoria.. Pero por lo de la revisión no te tienes que hacer mala sangre porque las revisiónes las tienenn que pasar todos los que tienen concedida una incapacidad total y absoluta.. Un saludo muy cordial y mucho animo.. No se te olvide finalizar la pregunta

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