Me pueden revisar la pensión por incapac.permanent. ¿Total despues de 10 años sin hacerlo? Enf.crohm

Tengo una incapacidad permanente total para una enfermedad de crohm hace diez años. ¿Me la puedén revisar a pesar del tiempo trtranscurrido? Me preocupa pues estoy sin trabajo.

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Lo mas habitual es que en la resolución del INSS donde se notifica la incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, se indique la fecha de revisión por agravamiento o mejoría pero el que en la resolución del INSS se indique una fecha determinada para la revisión eso no significa que en la fecha indicada se cite al pensionista para pasar la revisión, porque en muchas ocasiones la revisión se pasa mucho mas tarde de la fecha indicada, incluso en muchas ocasiones ni se llega a pasar la revisión.. Peo hasta la edad de los 65 años que es cuando se produce el cambio en la denominación de la pensión para pasar a denominarse pensión de jubilación en vez de pensión de invalidez y donde ya no se tiene que pasar ningún tipo de revisión excepto si la incapacidad es como consecuencia de una enfermedad profesional el INSS puede citar al pensionista en cualquier momento para pasar una revisión por mejoría o por agravamiento, pero eso sucede en casos en los que el la incapacidad del pensionista evoluciona favorablemente y la mejoría es muy evidente.. Por lo tanto si en diez años que hace que te declararon la incapacidad permanente todavía no te han citado para pasar ninguna revisión y sigues igual que cuando te concedieron la incapacidad no creo que te citen para la revisión y si lo hacen y sigues igual que al principio de la IP sera una simple revisión rutinaria y podrás seguir cobrando la pensión sin mayores problemas.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

En su día Pusieron en la carta la posibilidad de revis ión. A los dos años se pronunciaron ndicándome que no cabía la posibilidad de que me concediesen la absoluta. A pesar de que yo no la estaba pidiendo. Y no han vuelto a pronunciarse. Más o menos me mantengo igual. Pues la medicacion no me sienta muy bien. Pero no etiendo porque consideras porque no ccrees que me la puedan quitar, consideras que no corro el riesgo al ser una enfermedad degenerativa o por e tiempo que llevo Cobrandola? Gracias

Yo no te e dicho que me te pueden quitar la pensión si no que el INSS te puede citar para la revisión hasta que se cumples la edad de la jubilación y en ese intervalo de tiempo te pueden modificar el grado de la IP al alza o te pueden dar el alta medica, pero eso no significa que a ti te vallan a dar el alta medica ni mucho menos. Porque si en la resolución donde se reconoce tu incapacidad se indica un tope de dos años para la revisión y después de diez años todavía no te han citado para pasar dicha revisión lo mas probable es que si te citan para pasar la revisión sea por un posible empeoramiento y para modificarte el grado de incapacidad de la total a la absoluta y no para darte el alta medica.. Así que no veo el porque de tu preocupación cuando lo de la revisión es algo puramente rutinario y que no todos los que perciben una pensión de IP tienen por que pasar...UN SALUDO Y MUCHA SUERTE..

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