Jubilación a los 62 años

Hace unas semanas pregunté si mi marido se podría jubilar con 62 años y me dijeron que sí, dado que cesó por un despido objetivo en abril de 2011. Termina de cobrar el paro en mayo de 2013 y no cumple los 62 años hasta septiembre y habíamos pensado en solicitar la ayuda de mayor de 52 años que ustedes me habían dicho que era conveniente solicitarla, pero, al parecer no le van a conceder la ayuda de mayor de 52 años por tener ya la edad y el tiempo suficiente para jubilarse, entonces, ¿qué debe de hacer en este caso?, ¿Podrá esperar hasta los 62 años o tendrá que jubilarse en cuanto termine el paro?, en caso de esperarse, esos meses ¿por cuánto cotiza?

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No se donde habrás preguntado, pero quien te informo, no estaba enterado de nada. Gracias al gobierno del PP, no tenemos mas jubilación anticipado o prejubilación. Hasta los 65 años no se puede jubilar. La Ayuda para mayores de 52 años, hace meses que ya no existe. Esta el RAI, para mayores de 55 años, parados de larga duración, o sea que tengan mas de un año en el Paro sin cobrar nada.

Podrá solicitar la Ayuda Familiar, habría que ver si le corresponde una vez termine el Paro. Sera de 6 a 18 meses, dependiendo del caso. En caso de no cobrar la Ayuda Familiar, tendrá que esperar un año sin cobrar, para solicitar el RAI. Se le otorgara por once meses, luego estará un año sin cobrar, se vuelve a solicitar y se da por dos veces de la misma manera, once meses, un año. .

Hola, decirle que me informaron en este mismo foro y además confirmé con la SS, dado que el artículo 5 de la Ley 27/2011 y la disposición final undécima hacen referencia a que en el caso de ceses por causa involuntaria y por lo tanto no imputable al trabajador anteriores al 2 de agosto de 2011 se continuará aplicando todas las condiciones de la ley anterior y respecto a la ayuda de mayores de 52 años, no solo es que nos informaron por teléfono, si no que también está en la web, con lo que ahora usted me deja de piedra.

Si es tan amable, me gustaría que me aclarase todas estas dudas. Muchas gracias.

Pues Ud.crea lo que mas le convenga. Pero no hay discusión, solicite el subsidio, o solicite la jubilación y después me cuenta.

Con su respuesta no me ha ayudado nada, es más, entiendo que además se ha sentido ofendido cuando le he respondido con los artículos de la ley en concreto. Siento mucho que contradiga la respuesta de la persona que amablemente me ayudó hace dos semanas en este mismo foro y más siento la manera en que usted me ha contestado.

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