Alta voluntaria en prórroga de IT ante la Inspección.

Me encuentro en prórroga de IT de 180 días con Resolución del INSS, por probable recuperación o mejoría. Termina en marzo de 2012. Estoy pendiente de una posible intervención quirúrgica para reconstrucción del tránsito intestinal, pues tengo una colostomía por diverticulitis aguda perforada. Entre tanto, me han dado fecha para scanner EL 29 DE ABRIL DE 2013. Desde que superé los primeros 12 meses, el médico de familia no expide partes de confirmación. Entre unas cosas y otras, la posible intervención se demoraría más allá de los 180 días de prórroga, como mínimo a mayo de 2013. ¿Puedo solicitar ante la Inspección el alta voluntaria? ¿Qué efectos tendría para una nueva IT si me intervienen antes de los 180 días posteriores al alta? ¿Puede el INSS por el mero trascurso del tiempo incapacitarme? Estoy muy asustado.

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Siento mucho no haber podido responder primero a tu pregunta pero es que no e podido hacelo hasta este momento.. Respecto a la consulta:Mira a ti nadie te puede obligar a permanecer de baja si tu no quieres, salvo que tu salud o tu vida este en peligro o corra un riesgo importante.. Tampoco te pueden obligar a operarte si tu no quieres lo único que pueden hace los facultativos es ponerte al corriente del riesgo que puede acarrear para tu salud la decisión de no someterte a la intervención quirúrgica..A efectos del cómputo del plazo máximo de duración de la IT, si el trabajador, tras recibir o solicitar voluntariamente el alta medica y reincorporarse a la empresa, es dado de baja nuevamente por las mismas dolencias que motivaron su baja anterior en este caso, sólo se tendrá en cuenta el período anterior si entre el alta médica y la siguiente baja médica no han pasado más de 6 meses. Si han pasado más de 6 meses desde el proceso anterior sean o no las mismas lesiones, se trataría de un nuevo reconocimiento y deberían acreditarse, en caso de enfermedad común, 180 días de cotización en los últimos 5 años. En caso de que sean distintas lesiones, aunque no hayan transcurrido 6 meses, también procedería un nuevo reconocimiento y tendrían que cumplirse los requisitos mencionados. En cuanto a la incapacidad del trabajador si el trabajador no quiere aceptar o continuar con un proceso de incapacidad permanente nadie le puede obligar a someterse a dicho proceso otra cosa es que en la empresa estén dispuestos a seguir manteniendo al trabajador en la empresa si el estado del trabajador no le permite continuar realizando las mismas funciones con la misma capacidad que tenia antes de la nueva situación provocada por la enfermedad.. Pero ni nadie te puede obligar a permanecer en situación de IT ni nadie te puede obligar a operarte ni nadie te puede obligar a aceptar la incapacidad permanente.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Te agradezco tu respuesta. Lo primero por lo rápida, y lo segundo por el fondo de la misma. Me has subido la moral, y me has ayudado a entender que lo principal es uno mismo. Mi más profundo agradecimiento.

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