Contrato mercantil - autónomo

Resulta que hay muchas posibilidades que me ponga a trabajar con un conocido en una cafetería. Este conocido me comenta que me haría un contrato mercantil y que me pagaría lo que se establece en la categoría del convenio de Hostelería pero al ser yo autónomo, seria factura con retención. Por otro lado me comenta que me daría el dinero de cuota de autónomo para yo depositarla en mi cuenta del banco y la Seg. Social cobrarla.
Querría saber, si pudiera darme una impresión acerca de esto.
También cual seria el tipo de contrato mercantil.
Es mejor que a final de mes me dé una nomina o yo le haga una factura.
Aparte de la cuota de autónomo que tendría que darme de alta en la Seg. Social, tendría que hacer algún otro tramite en la Seg. Social.
Tendría algún descuento en la cuota de autónomo.

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Si tienes un contrato mercantil, esto implica darte de alta en la AEAT y en la Seguridad Social en el Régimen de trabajadores autónomos. Mensualmente debes pagar tu cuota de autónomos y trimestralmente liquidar tus impuestos - en tu caso será el IVA y el pago a cuenta de tu declaración de la renta.

A la persona que te contrata deberás emitirle una factura mensualmente por los servicios prestados, no te pueden dar una nomina.

Puedes intentar que te haga un contrato de autónomo económicamente dependiente, que te de derecho a paro en el caso de que te quedes sin trabajo. Este tipo de contrato es muy parecido a un contrato laboral y se sella en el INEM.

Para cualquier otra duda o consulta, puedes contactar con nosotros a través de nuestra página web http://www.directconsult.es/autonomos.htm o a través de Facebook - https://www.facebook.com/directconsult.es.

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Lo 1º, agradecerle que me haya contestado.

Solo quería aclarar unos puntos:

En cuanto al tipo de contrato de autónomos dependientes, es un contrato mercantil? ............ y este es el tipo de contrato que reconoce el Inem para el día de mañana, si se da el caso, solicitar la prestación por desempleo o también podría llevar al Inem un contrato mercantil genérico?............. Por cierto sabría donde podría conseguir un modelo de este contrato.

Y, en cuanto al tipo de relación laboral, podría tener mi amigo problemas puesto que yo trabajo en su local como autónomo o la ley, digamos contempla esta situación...............

Por último, y en cuanto al tipo de retribución..... Sería normal, que yo cuando le emita a final de cada mes la factura sea por el equivalente a lo que cobraría una persona como camarero en el Convenio de Hostelería y aparte me pague la Cuota de Autónomo o esta Cuota de Autónomo la pague yo de lo que mi amigo me pague en la factura...................

De nuevo muchas gracias.

El contrato de autónomo independiente es un contrato laboral, aunque se asemeja a un contrato mercantil. En internet puedes encontrar modelos. Este contrato debe tener un formato determinado, en caso contrario no te lo sellan en el INEM.

La retribución que vas a recibir depende de lo que pactéis libremente las partes. Si vas a incluir o no la cuota de autónomos en la factura es una cuestión que debéis de tratar los dos. Lo mismo pasa con el IVA de aplicación en la factura.

Tu amigo puede tener problemas, si formalizáis un contrato mercantil, dado que lo que realmente va a existir es un relación laboral encubierta.

La verdad es que hasta ahora nunca he escuchado o visto un camarero que pase factura al bar en el que trabaja.

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De nuevo gracias,

Solo quería comentarle una ultima cosa........... Pensaba que partíamos de la idea por lo que ud., me ha dicho, que para mi caso, cabía la posibilidad de usar el contrato autónomo dependiente, pagar la cuota de autónomo y declarar los trimestrales por lo que me ha dicho.

Entonces, en esta linea pensaba que tenia que facturar a mi amigo .......... Es que me ha descuadrado el que me dijera que le parecia raro lo de facturar................ Puede por si se me escapa este detalle, que el Inem entienda que si utilizo este tipo de contrato tiene que ser con nomina o el Inem, entiende que tendría que facturar y todo lo demás comentado (facturas, trimestrales, cuota de autónomo, etc.).

Muchas gracias.

De forma genérica te he explicado como es un contrato mercantil y un contrato de autónomo económicamente dependiente, ya que comentabas que de empezar a trabajar en el bar lo haríais de esta forma.

Desde mi punto de vista en este caso concreto un contrato mercantil resulta de lo mas raro y sospechoso, pero la decisión en un sentido u otro es vuestra.

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Lo siento pero yo me muego en el ´régimen general... no en el de autónomos... te diré que el procedimiento es darte de alta como autónomo... esto ya implica tu responsabilidad fiscal y la cuota de autónomos... las facturas obviamente luego te las puedes desgravar, pero no se tienen descuentos por autónomos...

Mira bien cómo tramitar una cuota de autónomo que cotice para el paro... si luego tu amigo está de acuerdo, pues técnicamente estarías también cubriendo el paro.. ojo, tienes que hablar con tu amigo porque ten en cuenta que un autónomo no puede facturar 14 meses como 14 pagas... técnicamente cuando estés enfermo o de vacaciones no facturas, y él no tienes responsabilidad de pagarte... así que acuerda eso previamente!

Spor lo demás no soy experta en ese régimen lo siento

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