Pagas extras en liquidación

Tengo una duda sobre como se paga la parte proporcional de las pagas extras en la liquidación, y es que me hago un lio al calcularlas, por ejemplo, ¿si yo entre en la empresa el 20/02/2009 y me voy de ella el 22/02/2010 y cobro 1600? En 14 pagas ¿El calculo en la liquidación seria así?:
Salario mes/360 x días trabajados desde la ultima paga extra(verano o navidad)
¿Hay otra manera de hacerlo? Y otra pregunta por curiosidad, las pagas extras las pagan con la nomina de julio y de diciembre, entonces, se supone que el periodo de la paga es hasta el 31 de cada mes, ¿no? Es un convenio de oficinas y despachos de madrid por si sirve de algo.

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Es mucho más fácil. En el 99,99% de los convenios las pagas son de devengo semestral, es decir de enero a junio y de julio a diciembre. Esto quiere decir que cobras cada paga en función del tiempo trabajado en cada periodo.
Por ejemplo en tu caso en 2009 habrás cobrado en la paga de verano los días desde el 20 de febrero hasta el 30 de junio y la paga de navidad completa.
Para calcular la parte proporcional de la paga de verano a 22 de febrero tienes que sumar los días trabajados (31 días de enero y 22 de febrero) 53 días y seguir la siguiente fórmula:
Importe de la paga/181x53
Te explico, imagino que tu paga se compondrá de Salario Base + antigüedad, es así casi siempre pero confírmalo. 181 son los días entre 1 de enero y 30 de junio y el 53 los días trabajados tal y como lo hemos calculado antes.
Muchas gracias! Ha sido de gran ayuda! Lo que me ha costado saber de donde venia mi prorrata, al final era anual y dividida entre 365 días.
Muchísimas gracias vivenoia!

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