Diferencia de tipos de empresas S.L y otra cuestión re

Actualmente soy trabajador autónomo. Estoy pensando en la idea de formar una S.L porque pienso que de esta manera mis bienes personales(casa, el coche) estarían más protegidos. Necesito saber la diferencia entre las distintas S.L que se pueden montar, y si el administrador de una S.L ya constituida pero que no tiene movimiento financiero está obligado a estar de alta en el seguro autónomo.

1 Respuesta

Respuesta
1
Si creas la SL sólo lo que harías sería constituir una SL Unipersonal (SLU) con lo que tus bienes y derechos quedarían a salvo de las deudas de la empresa siempre que cumplas con los requisitos que señala la norma en este supuesto.
El administrador de una SLU en funcionamiento tiene que estar dado de alta en autónomos de forma obligatoria y siempre que la empresa tenga actividad, ahora bien, si la empresa cesa en la actividad (baja en IAE,...) pero no se disuelve entonces no es necesario estar dado de alta en autónomos puesto que no hay actividad económica que lo justifique.
Hay otras formas de SL en las que la diferencia es unicamente que tienen más socios y ya no son SLU sino SL a secas. Fiscalmente y a todos los efectos funcionan exactamente igual.
La última alternativa es la SLL (Laboral) es un tipo especial de SL con algunas ventajas fiscales, pero constituir una sociedad de este tipo te obligaría a tener 3 socios más y a que uno de ellos trabajara como asalariado en la empresa, que creo que no te compensaría.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas