Tengo una empresa SL en baja provisional, ¿Qué puedo hacer para darla de baja?

Estoy preocupado porque hace años monte una empresa SL y soy Administrador de la de la misma. La empresa nunca ha tenido actividad, no tiene el IBI, no tiene cuenta corriente ni nada; ahora a la hora de querer darla de baja me dicen que en el Registros está dada de baja provisional.
Pero Hacienda me reclama con sanción los años 2008,2009,2010 y posiblemente el 2011 por no hacer la declaración de 0 Euros.
También me dicen que pague la sanción y reactive la empresa para automáticamente cerrarla.
El Gestor me dice que deje morir la empresa ya que nunca tuvo actividad y nunca la tendrá; ahora tengo duda y quería unas preguntas.
¿Tengo qué seguir haciendo la declaración a cero?
Hacienda me pide 200€ o 150 por año, sí la empresa no tiene ni un €, ¿tengo derecho a pagar y si no lo pago me lo pueden pedir a mí personalmente? Pues todos los documentos viene a nombre de la empres
¿Si no pago la sanción para hacienda me podrá algún día pedírmelo a mí personalmente?
¿Qué me puede pasar sí no pago la sanción?

1 Respuesta

Respuesta
1

Espero poder estar a la altura de sus expectativas.

Efectivamente, el problema que usted plantea es más común de lo que parece. Son muchas las empresas sin actividad que siguen estando "vivas" desde el punto de vista fiscal y mercantil. No tener actividad libera de algunos formalismos (declaraciones trimestrales y de otro tipo), pero no libera de la obligación de presentar el Impuesto de Sociedades (que imagino que a lo que se refiere usted cuando habla de las sanciones que le quiere imponer Hacienda) ni de presentar Cuentas Anuales (aunque, de momento, los Registros Mercantiles no están aplicando sanciones, aunque están previstas en la Ley).

Y como usted sospecha, si no paga las sanciones con dinero de la sociedad, Hacienda puede acabar derivando la responsabilidad al administrador. Hablo de que "es posible" pues está previsto en la Ley y no sería la primera vez que ocurre, si bien también es cierto que no ocurre en todos los casos (especialmente cuando el administrador es insolvente).

Por lo tanto, usted tiene dos cosas importantes por delante: respecto a lo ocurrido hasta este momento, intentar regularizar la situación con Hacienda, con el riesgo de que no hacerlo puede repercutir sobre su propio patrimonio personal; y respecto a lo que puede ocurrir en el futuro, usted debe disolver la sociedad y liquidarla para darla de baja definitivamente a todos los efectos (teniendo en cuenta que para liquidarla sin problema debe pagar las deudas).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas