Administrador declarado Incapacidad Absoluta

Tengo un caso que a una administradora de una sociedad limitada la han sido declarada con una incapacidad absoluta psíquica ante la seguridad social, cobrando por ello una paga. ¿Puede seguir siendo administradora de la sociedad o tiene que cambiar las escrituras modificando la administración de la sociedad? ¿No tiene que pagar autónomo?

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Es de lógica, si tiene una pensión por incapacidad para desarrollar ese tipo de actividad no podrá ampararse en el hecho de desarrollarla a titulo gratuito (que supondría la no obligatoriedad de cotización a la seguridad social). Según se desprende de lo indicado en su documento esta persona está declarada incapaz para desarrollar esa actividad y ese cargo por problemas psicológicos y por tanto es necesario proceder a la Junta General y a los correspondientes acuerdos de cese y de nombramiento de nuevo administrador, elevar esos acuerdos a público, pagar los impuestos de actos jurídicos documentados y proceder a su registro en el Registro Mercantil que corresponda.
En principio, al cesar la actividad cesaría la obligatoriedad de estar dada de alta en el régimen correspondiente de la seguridad social salvo que su situación actual suponga el seguir realizando ese pago de los seguros sociales (cosa que tendríamos que estudiar en la ley de la seguridad social y que evidentemente no vamos a hacer a titulo gratuito).

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