Incremento en el presupuesto de una obra.

Estoy tratando de cerrar la liquidación de una obra de reforma en la que la empresa está metida en un concurso de acreedores.
El tema es que en el presupuesto firmado para los armarios, su precio venía dado por metros cuadrados. Ahora al liquidar, volvieron a medir y les dio más metros cuadrados, lo cual supone un incremento de casi el doble.
Sí es cierto que en el contrato pone lo siguiente: "apartado 3: REVISIÓN DE PRECIOS: En el supuesto de modificaciones respecto de las obras y partidas contratadas, tanto por aumentos de medición como disminución, nuevo diseño, variación de calidades o adición de partidas nuevas, las mismas serán acordadas y cuantificadas previamente a su ejecución por la PROPIEDAD Y LA CONSTRUCTORA".
Por otro lado, en la hoja del presupuesto pone: "Las mediciones son orientativas según los Planos y Memorias facilitados por la propiedad, las certificaciones se realizarán midiendo lo realmente ejecutado en obra, y los precios serán los señalados en el presente presupuesto".
A mi en ningún momento me hicieron firmar ese aumento, es decir, no hubo acuerdo previamente a su ejecución.
Mi pregunta entonces es: ¿Tienen derecho a incrementarme el precio de esa (u otras) partidas?

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En principio prevalecería lo indicado en el contrato de ejecución de obra. No obstante, si no se aprecia mala fe en la reclamación de la empresa de esa cantidad relativa a los metros cuadrados realizados en demasía se podría considerar que incluso la conformidad pudo ser verbal o que los actores en representación del cliente concedieron el acto de realización de las tareas ejecutadas al darse por buena la medición existente ya que no se indica en los enunciados anteriores de quién era la responsabilidad de la medición relativa a la obra. La constructora puede oponer que el arquitecto responsable de la medición es el responsable de velar por la propiedad y que al arquitecto técnico a su vez sería el responsable de no haber frenado la ejecución de la obra previa la medición.
Son clausulas muy relativas en las que se puede tratar de apoyar para no pagar las cantidades indicadas pero tampoco queda recogida la responsabilidad de los actores encargados de realizar las mediciones (así mismo, queda patente en el presupuesto de la constructora que no se responsabilizan de las mediciones de la obra).
No se puede fiar de la letra de un contrato sino de su interpretación posterior en virtud de las responsabilidades de cada uno de los actores del proceso constructivo.
C/Pedro Teixeira, 10 7º Oficina 10 - 28020 - Madrid.
¿Quieres decir que posiblemente no tengan derecho a cobrarme más? ¿O lo contrario?
(Por cierto, yo soy la propiedad, no la empresa constructora)
Estoy diciendo que probablemente existan fundamentos para que puedan cobrarte lo que corresponde a la medición real.
Un cordial saludo
Jaime Feiner
Feiner consulting
[email protected]
C/Pedro Teixeira, 10 - 28020 - Madrid.
¿Pero con lo que pone el contrato tendría posibilidades de "patalear" un poco? Es que me han contestado lo siguiente:
"Este apartado que comentas se refiere a los aumentos fuera de presupuesto. Si hay partidas nuevas que no han sido presupuestadas, se tendría que realizar un aumento y firmarlo (tal cuál como te ha hecho Irene con los dos aumentos que has firmado)
De lo que estamos hablando es de aumento de medición. Si miras el presupuesto que se ha firmado como anexo al contrato, a pié de firma aparece:
" Las mediciones son orientativas según los planos y memorias facilitadas por la propiedad, las certificaciones se realizarán midiendo lo realmente ejecutado en obra, y los precios serán los señalados en el presente presupuesto".
Siempre en construcción se ha realizado así. Como tu dices sería un " llave en mano o precio cerrado" y tu obra no es así."
¿Qué opinas de su respuesta? Gracias.
Que tienen toda la razón y que el patalear en este caso no tiene sentido ya que cualquier abogado medio bueno tiene el caso ganado.
Perdón por la insistencia pero... para esta partida de armarios, la medida que me dieron fue por m2. Parece ser que los m2 en armarios es alto por ancho (en lugar de hacerlo según los m2 del suelo que ocupa, que era lo que pensaba yo que se había contabilizado). Yo no sabía cuál era el sistema de medición de esos m2, y ese sistema (alto por ancho) no lo especifica en ningún sitio del contrato.
Por otro lado, dicen que los carpinteros lo contabilizan así (aunque no es lo normal que los precios los den en m2, sino por pieza de armario).
¿Puede ser ésta una razón a esgrimir? Yo pensaba que la medición que me habían dado era la correcta (porque ancho por fondo más o menos coincidía). Yo firmé un precio, porque me parecía el justo, pero el incremento me parece demasiado grande. Si en su momento hubiera sabido el precio que me iban a suponer los armarios, no hubiera aceptado el presupuesto...
¿Puedo tener por este motivo alguna papeleta de ganar y no pagar?
NO, no tiene ni una sola posibilidad de agarrarse a ese aspecto. Si lo que quiere es no pagar directamente no les pague la partida y en paz.
Muy bien, será lo que haré, pues esta empresa además de haberse retrasado en tres veces más la duración de la obra, haberme forzado la cerradura del inmueble dos veces (ellos o sus subcontratas), haber causado problemas graves a la comunidad de vecinos,... No estoy dispuesta ahora a pagarles de más.
Un saludo y gracias.

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