Avalar una póliza de crédito

S):
Hace tres años avale un póliza de crédito junto a mi mujer y otro socio de la empresa que administraba, al año siguiente y tras hacer una separación de bienes con mi mujer, se renovó la póliza junto a mi socio ( mi mujer no firmo), este año se ha vuelto a renovar junto a mi socio, pero la sociedad el 31 de marzo se ha disuelto.
Mis preguntas son las siguientes:
¿Cómo actuara el banco sobre mi?
Actualmente no tengo trabajo ¿Puede embargarme algo dicha entidad financiera? ¿Podría ir contra mi mujer y mi vivienda (ya que esta esta a su nombre).
Mi socio si esta trabajando para otra empresa ¿Pueden a el embargarle el importe de la póliza?
Les rogaría me informarán más sobre este tema, ya que me tiene preocupado.

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Entiendo que contra su mujar no habría posibilidad ya que la misma ya no es afianzadora de la póliza, aunque lo fuera en su momento, las sucesivas novaciones la alejan de cualquier responsabilidad. Por ello entiendo que su vivienda al ser privativa de su esposa esta a salvo.
Distinto es su caso y el de su socio. Ya que ambos son fiadroes, entiendo que solidarios de la póliza, por lo que la entidad podrá ejercitar acciones contra ambos, y embargar sus bienes si los tienen, o los que puedan tener en un futuro.
Estimado Señor, es correcto que somo avalistas solidarios de la póliza, actualmente no tengo ningún bien a mi nombre ¿Cuándo usted se refiere a bienes en un futuro, estarián incluido las nominas?.
La entidad financiera en la que fue firmada dicha póliza de crédito, se puso en contacto conmigo para preguntarme por el excedido de la misma, la cual aproveche para comentarle que la sociedad ya no existe. Ellos que comentario en hacerlo préstamo personal partido en dos cantidades, una para mi y otra para mi socio. ¿Puedo dicho préstamo negarme o retrasarlo lo máximo posible hasta que se liquide por completo la sociedad?
Gracias y por todo, la primera respuesta me ha servido mucho de ayuda sobre todo para tranquilizarme por el tema de la vivienda.
Desde luego que estarían incluidas sus nominas, en la parte proporcional claro.
Respecto al préstamo, digamos que es una forma que le ofrece la entidad de regularizar su situación, es decir, usted no liquida ahora el total de la póliza sino que hace un préstamo por la misma, o la parte que le toque, y con ses préstamo la entidad liquida la póliza, y ahora usted deveuelve el dinero a plazos.
La entidad no le puede obligar, pero si no lo hace le demandaran por el impago de la póliza. Si usted retrasa el otorgamiento del préstamo, la póliza generara un interés de demora alto, que se incluirá en el préstamo, es decir al final el retraso lo pagara usted.
Dos cosas, es posible que obliguen a su mujer a que firme ese préstamo sobre todo si usted no tiene bienes. Por otro lado, aunque ahora sea insolvente y no le preocupe el hecho de nopagar, piense que si no paga, en el futuro quizás tenga problemas para obtener financiaciones al ser usted moroso de una entidad de crédito.
Estimado Señor:
Ante todo agradecerle sus respuestas y la rapidez de las mismas, he de decirle que me han servido mucho.
Reciba un cordial saludo.
Jose maría Jimenez corral

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