Plazos de ejecución de embargo

Estoy casado en separación de bienes con mi esposa. Ella y yo junto a otro socio creamos hace unos 4 años una sociedad limitada. El otro socio tenía el 50%, mi mujer el 25% y yo el otro 25%. ¿En su momento los 3 firmamos como garantes solidarios de un préstamo personal de 33.000? Que solicitamos a un banco para la sociedad (inicialmente fue una póliza pero al vencimiento el banco se negó a renovarla y como no podíamos cancelarla nos la convirtieron en un préstamo) y como el negocio de la sociedad ha ido mal no hemos podido hacer frente a los pagos mensuales.
El banco ha presentado una demanda judicial que recibimos esta semana tanto a la empresa como a los 3 garantes, y ha solicitado trabar embargo sobre la propiedad que mi mujer y yo tenemos, que es nuestra vivienda, ¿o el pago de la deuda total 33.000? Más una provisión de 10.000ara las costas judiciales.
Sobre esta vivienda tenemos 3 hipotecas con otro banco (las 3 con el mismo) distinto del banco que ahora quiere trabar embargo.
Mis preguntas concretas son:
1.- ¿Qué plazo aproximado puede pasar desde la notificación de la demanda y la ejecución del embargo?
2.- ¿Puede este banco llegar a subastar mi vivienda aún teniendo las otras 3 hipotecas y con otra entidad distinta?
La intención de los 3 es conseguir en un plazo aproximado de 2-3 meses el importe total de la deuda (¿33.000?) Y liquidarla, ¿negociando si podemos la condenación de los 10.000? De costas, pero no sé si nos alcanzará con ese tiempo o se producirá la ejecución del embargo antes y perdamos la casa

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A las preguntas planteadas, 1) depende del juzgado y su carga de trabajo. Desde la presentación de la demanda, tres meses, quizás.
2) Si, depende del valor de la vivienda. Podría incluso pedir su alzamiento si el valor de la vivienda es menor que la deuda.
3) La cuestión de la condenación, depende de su capacidad de negociación.
Si necesitan ayuda con ello, podemos intervenir. En caso contrario, busquen un buen profesional, sus honorarios quedarán justificados con el ahorro.
Muchas gracias por la rápida respuesta.
¿El valor de la vivienda no creo que cubra en ningún caso el capital pendiente de amortizar de las 3 hipotecas y además la reclamación de los 33.000? más los 10.000? De costas, en cualquier caso iría muy justo. ¿Qué significa "pedir su alzamiento"?
En cuanto a la ayuda que me ofrece a través de mediatoris, ¿en qué consistiría? ¿Qué objetivos podríamos o pretenderíamos alcanzar y cuál podría sel aproximadamente el coste de su mediación? Me indica en la respuesta que los honorarios de la intervención de un buen profesional queda justificado con el ahorro. ¿En qué apartado se conseguiría un ahorro?
Gracias de nuevo y saludos
Este foro no es el lugar de hablar de dinero. No obstante, la negociación hace que se pueda rebajar el importe a pagar. ¿Cuánto? No se puede predecir con exactitud, pero se hace. Cuanto más habilidos se es más se consigue.
Nosotros trabajamos por objetivos. Hay un coste necesario por intentarlo y si se llega a un ahorro sustancial, una cantidad mayor. Si no se consigue, nada más.
Los honorarios no suelen superar el 10% de la deuda.

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