Declaración Renta: ¿Hay qué declarar el pago de un alquiler por parte de la Mutua?

El caso el siguiente:
Un trabajador tubo un accidente laboral por lo que tubo que estar unos meses en silla de ruedas. Como su piso no tiene ascensor la Mutua le pago el alquiler de un piso con ascensor durante ese tiempo. El trabajador lo adelantaba y luego la Mutua se lo ingresaba.
En los datos fiscales de Hacienda ese pago aparece como Retribución dineraria en los Rendimientos de trabajo código B2-Prestación . ¿no debería ser pago retribución en especie? ¿Esta exento o hay que declararlo?
También le pagaron el transporte y farmacia pero esos no aparecen en los datos fiscales.

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Unicamente estarán exentas las prestaciones reconocidas como consecuencia de la declaración de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez. Por el contrario, las prestaciones reconocidas como consecuencia de la declaración de invalidez permanente total o parcial para la profesión habitual no estarán amparadas por la mencionada exención, estando plenamente sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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